Cambian los nombres, sí, pero ¿cambia el sistema?

Nuevamente nos encontramos frente a una de esas decisiones que, aunque no se toman directamente en las urnas, pueden tener enormes consecuencias para el funcionamiento del Estado

agosto 25, 2026 - Actualizado agosto 24, 2026
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Ya comenzó el proceso para elegir al próximo Contralor General de Cuentas (período 2026-2030).

La Comisión de Postulación deberá evaluar a los aspirantes y entregar al Congreso de la República una nómina de seis candidatos, de la cual los “íntegros y flamantes” diputados -entiéndase las comillas con claro y absoluto sarcasmo-  elegirán finalmente a esa persona que tendrá a su cargo dirigir la institución responsable de fiscalizar la utilización de los recursos públicos.

En pocas palabras, nos encontramos nuevamente ante un nuevo proceso de elección de segundo grado y por ello vale la pena hacernos una incómoda reflexión, acompañada de una importante pregunta. Con estos procesos y elecciones, cambian los nombres, pero ¿cambia el sistema?

Durante este 2026 este país ha atravesado varios procesos de elecciones de segundo grado, mismos que debieran ser determinantes para la renovación de las instituciones.

Sin embargo, pareciera que ellos sólo son eso, “procesos” que nos dan motivo para escribir sobre los mismos, provocando noticias en todos los medios y finalmente dejándonos una sensación de: nada, absolutamente nada está cambiando.

Hemos discutido nombres, trayectorias, apoyos recibidos, vetos, alianzas y votaciones. Finalmente cada elección genera sus propias expectativas acerca de quién llegará y qué hará cuando ocupe el cargo, pero lo más seguro, y así se ha ido comprobando, sólo se está colocando demasiado énfasis en esos nombres y muy poco en el sistema, mismo que permite que aquellos lleguen hasta allí y muchos no son prometedores.

¡Hasta el momento, muy pocos son los que hacen la diferencia!

Así pues, nos estamos acercando a la elección del Contralor General de la Nación y esta podría ser una oportunidad más para cambiar ese espacio y al país, ya que esto significaría realmente gozar de transparencia y buena ejecución del gasto público.

No se trata de un funcionario más. Se trata de esa entidad que controla las cuentas del Estado, las audita y verifica su correcto o incorrecto uso.

En sí, es una pieza esencial que controla al sistema y permite el desarrollo, siendo una de sus principales funciones alcanzar la fiscalización de los ingresos, egresos y, en general, de todo aquel interés hacendario de los organismos del Estado, sus municipios, sus entidades descentralizadas, autónomas y de todos aquellos que reciben fondos públicos.

Se trata pues, de un puesto sumamente importante que debe ser desempeñado por alguien que ante todo, debe gozar de comprobada honorabilidad, honradez, capacidad e idoneidad.

Esta persona debe ser proba, íntegra y ética.

En conclusión, recaerá sobre sí, verificar carreteras inconclusas, compras públicas cuestionadas, recursos municipales mal utilizados o fondos estatales, cuyo destino debe ser fiscalizado, etcétera, etcétera.

Importa todo lo anterior y todavía más, cómo se llega a elegirlo.

El artículo 233 de la Constitución Política de la República, establece ese mecanismo y el mismo ya ha empezado.

Ojalá se persiga y se logre ese propósito razonable: introducir una evaluación previa que permita, que quienes lleguen a la decisión política final, haya atravesado primero un filtro verdaderamente serio y técnico.

El problema; como siempre, aparece cuando ese filtro técnico corre el riesgo de convertirse simplemente en la antesala de la negociación política.

La actual Comisión de Postulación ha hablado de idoneidad, probidad, independencia y objetividad. Incluso se han incorporado requisitos dirigidos a establecer la independencia de los aspirantes, incluyendo una constancia que acredite la ausencia de afiliación partidaria.

Todo esto podría constituirse en un avance que debe reconocerse.

Pero ojo: ¡Una constancia no garantiza ni independencia ni idoneidad!

Guatemala no necesita un Contralor cercano al Gobierno, pero tampoco uno cercano a la oposición. No necesita un Contralor de determinada bancada, sector empresarial, universidad, colegio profesional o grupo de interés.

Necesita un Contralor del Estado.

Alguien capaz de comprender que fiscalizar no significa perseguir, pero tampoco proteger.

Que controlar no significa obstaculizar la administración pública, pero tampoco cerrar los ojos frente a sus irregularidades.

Y que la independencia no consiste solamente en afirmar que no se pertenece a un partido político, sino en demostrar que se posee la capacidad profesional y el carácter institucional para decir no cuando corresponda, independientemente de quién se encuentre frente a uno. ¡Esperamos en esta ocasión, la elección

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