Congreso elimina el pago del IUSI para las viviendas de uso residencial

El Congreso de la República aprobó este miércoles con 120 votos a favor el Decreto 18-2026, que contiene reformas al Decreto 15-98, Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI). Con esta medida, este tributo se eliminó para las viviendas particulares o de uso mixto y quedó en nueve por millar para los inmuebles de uso comercial.

Denis Aguilar

julio 29, 2026 - Actualizado julio 29, 2026
Foto: Congreso

La aprobación de esta reforma se dio luego de una larga discusión entre los diputados. Mientras algunos respaldaban la eliminación del IUSI para viviendas particulares; otros se opusieron, al asegurar que esto afectaría a las municipalidades —que son las encargadas de cobrar dicho impuesto— en la prestación de servicios.

Sin embargo, los diputados continuaron conociendo la iniciativa y esta fue aprobada, con 131 votos a favor en su tercer debate, por lo que posteriormente se procedió a su ratificación por artículos y redacción final.

Al momento de entrar a la aprobación por artículos, diputados de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), con el respaldo de otras bancadas como Vamos, Todos, VOS y diputados independientes, presentaron una enmienda para eliminar el pago del IUSI.

Esta fue aprobada con el voto favorable de 121 congresistas. Previamente se conoció otra enmienda que establecía el IUSI para vivienda de uso residencial en tres por millar, pero fue rechazada.

Con dicha enmienda se reformó el artículo 11 del Decreto 15-98, que establece las tasas del impuesto, quedando de la siguiente forma:

  • Para los inmuebles con un valor inscrito de 0 a Q500 mil en adelante, será de tres por millar; los que tienen un valor inscrito de Q500 mil a Q1 millón, será de seis por millar; mientras que tenga un valor de más de un Q1 millón será de nueve por millar. Estos valores se aplicarán únicamente a los inmuebles de uso comercial y se aprobó en un fondo de revisión solicitado por diputados.
  • Para los inmuebles destinados a viviendas de uso residencial o mixto, la tasa será de cero por millar.

Originalmente, la iniciativa tenía como propósito que los inmuebles destinados a vivienda de uso residencial redujeran de nueve a tres por millar el pago del IUSI, pero eso cambió luego de que diputados de la UNE anunciaron que presentarían una enmienda para que este impuesto fuera de cero, lo que finalmente ocurrió.

Diputados como Julio Héctor Estrada, Elmer Palencia y David Illescas cuestionaron la eliminación del IUSI para inmuebles destinados a vivienda residencial, al asegurar que con ello cualquier inmueble o terreno que no sea para uso residencial deberá pagar más por este impuesto.

No obstante, algunos diputados, como Gustavo Cruz, desmintieron esa afirmación bajo el argumento de que la enmienda aprobada también contempla el uso mixto, lo que impide la aplicación de este impuesto a esos inmuebles.

También se aprobaron otras enmiendas presentadas por diputados; entre ellas, la prohibición de que las municipalidades puedan imponer condicionamientos para la prestación de servicios públicos por el pago del IUSI.

Asimismo, se aprobó una modificación relacionada con la vigencia del decreto y se estableció que este entrará en vigor de forma gradual. Con ello, las reformas al Decreto 15-98 cobrarán vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.

Además, se incluyeron enmiendas que reforman o incorporan nuevas disposiciones a la Ley de Actualización Tributaria y a la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos.

Se rechazaron enmiendas presentadas por diputados oficialistas que establecían el pago del IUSI de 12 por millar para los alcaldes y diputados del Congreso de la República y para las propiedades cuyo valor superara los Q5 millones.

Las municipalidades son las encargadas de administrar y recaudar el IUSI dentro de sus jurisdicciones. La normativa de este impuesto establece que al menos el 70 % de esos ingresos debe destinarse a inversiones en servicios públicos y obras de infraestructura.

Minfin cuestiona derogaciones de impuestos

En un comunicado, el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) cuestionó que las suspensiones, modificaciones y derogaciones de impuestos dificultan que Guatemala alcance niveles óptimos de inversión e indicó que, antes de aprobar este tipo de iniciativas, deben realizarse los análisis técnicos respectivos.

En el caso del IUSI, la cartera aseguró que su derogación reduce los ingresos de los gobiernos municipales, lo que, según indicó, ampliará la brecha de inversión y desarrollo en los territorios.

“Guatemala tiene una carga tributaria reducida frente a sus necesidades de desarrollo, por lo que contar con una recaudación estable resulta fundamental para atender las prioridades sociales, responder a futuras obligaciones y sostener la inversión pública”, aseguró el Minfin.

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