En febrero de 2025, la anterior Corte de Constitucionalidad suspendió provisionalmente varias disposiciones de la nueva Ley de la PNC, Decreto 35-2024, a raíz de una acción de inconstitucionalidad promovida por Ronald Yonelfy Portillo Cordón, diputado de VAMOS. Entre ellas figuraban referencias expresas a la inteligencia policial, la creación de una Dirección de Inteligencia Policial, su incorporación al Sistema Nacional de Inteligencia y una disposición sobre investigación de delitos. También quedó suspendida una referencia a la posibilidad de suscribir convenios de cooperación interinstitucional. Se trataba de disposiciones destinadas a fortalecer la organización y las capacidades institucionales de la Policía, sobre todo en el ámbito de la inteligencia policial.
Es importante precisar que esta resolución no suspendió las actividades de inteligencia de la PNC, que continúa contando con unidades especializadas, personal capacitado y experiencia en análisis e investigación criminal. Lo que se obstaculizó fue la consolidación de una estructura institucional específica, con competencias definidas y mecanismos formales de articulación con el Sistema Nacional de Seguridad y el Subsistema de Inteligencia. La diferencia es sustancial, porque fortalecer la inteligencia policial no significa otorgarle funciones ajenas a su mandato ni sustituir al Ministerio Público en la dirección de las investigaciones penales. Significa dotar a la Policía de una organización más sólida para producir, analizar y compartir información, coordinar sus actuaciones y contribuir a la prevención e investigación de la criminalidad. Precisamente por ello, hoy podemos evaluar las consecuencias de aquella suspensión, sobre el fortalecimiento institucional previsto en la nueva ley y en la institución y capacidades de la PNC.
La impugnación promovida por Ronald Portillo Cordón tampoco puede analizarse al margen del contexto político en que se produjo. En noviembre de 2024, diputados de VAMOS ya cuestionaban que la PNC pudiera realizar investigaciones por iniciativa propia, argumentando que se invadían competencias del Ministerio Público. Meses después, la anterior Corte de Constitucionalidad suspendió disposiciones destinadas a fortalecer la institucionalidad de la inteligencia policial y su articulación con el Sistema Nacional de Inteligencia. Todo ello ocurrió cuando Consuelo Porras todavía controlaba el MP y se aproximaba el final de su mandato. La decisión limitó el desarrollo institucional previsto para la PNC, precisamente en un momento en que resultaba necesario fortalecer las capacidades de investigación criminal del Estado. Cabe examinar si esta oposición a la reforma respondía exclusivamente a preocupaciones constitucionales o también a intereses políticos relacionados con el control de la investigación penal. A la luz de las prácticas de persecución selectiva y los cuestionamientos acumulados durante la gestión de Porras en el MP, resulta legítimo examinar si la fragmentación de capacidades estatales se buscaba precisamente para facilitar la persistencia de espacios de impunidad.
La Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, aprobada en 2008, buscó precisamente superar esa dispersión que ya existía en el pasado. El ciclo de inteligencia exige obtener información, analizarla, transformarla en conocimiento útil y hacerla llegar oportunamente a quienes deben decidir. La SIE coordina el Sistema Nacional de Inteligencia, integrado legalmente por estructuras de inteligencia estratégica, civil y militar. La reforma de 2024 abría una vía para articular formalmente la inteligencia policial con esa arquitectura institucional. Pueda ser que la suspensión aprobada por la CC no haya afectado las capacidades policiales que se tenían, pero sí definitivamente obstaculizó la posibilidad de profesionalizar y fortalecer el proceso de inteligencia policial y facilitar su integración dentro de la coordinación interinstitucional.
En Huité murieron ocho personas y, semanas después, siguen abiertas preguntas elementales sobre la operación, sus responsables y la evidencia que pueda existir para tener respuestas a lo sucedido. Investigaciones de Julie López documentaron imágenes de vehículos militares que contradicen aspectos de la versión oficial y dudas planteadas por especialistas sobre el procesamiento forense y la asignación del caso a una fiscalía distrital. El Ejército relevó al jefe del Estado Mayor y al comandante de la brigada de Zacapa, y puso personal y recursos a disposición del Ministerio Público. Nada de ello sustituye la reconstrucción independiente de órdenes, movimientos, armas, disparos y responsabilidades. Es necesario aclarar si nos encontramos frente a un caso de ejecuciones extrajudiciales, como el silencio estatal da pie a especular.
El asesinato de Juan Francisco Solórzano Foppa y Gustavo Adolfo Aguilar Gamarro dejó otro escenario alarmante: siete policías fueron señalados por la presunta manipulación de un arma durante las detenciones iniciales. Las responsabilidades deben establecerse judicialmente, sin atribuir culpabilidad anticipada a los mandos. Pero que una investigación por doble asesinato se vea acompañada de sospechas sobre la integridad de sus propias evidencias exige revisar los procedimientos. Como resultado final fueron removidos el Director General y el Subdirector de la Policía Nacional Civil el día de ayer.
Los lamentables casos de Huité y el asesinato de Solórzano Foppa y Aguilar obligan a revisar la cadena completa de procedimientos y de coordinación de las instituciones implicadas. ¿Quién recogió la información y quién recibió las alertas? ¿Qué instituciones se coordinaron y cuáles actuaron por separado? ¿Se documentaron las órdenes? ¿Se protegieron las escenas y se preservaron las pruebas? La inteligencia orienta la prevención y las operaciones; la investigación criminal debe reconstruir hechos y producir evidencia judicialmente válida. Confundirlas es un error, pero mantenerlas desconectadas también lo es. El Ministerio Público dirige la investigación penal; la PNC aporta capacidades operativas e investigativas; el INACIF realiza peritajes científicos. Ninguno puede sustituir al otro.
Por eso, la respuesta no se agota con los relevos en ambas instituciones. Es necesario esclarecer el estado jurídico de la impugnación de 2025, revisar las condiciones para fortalecer institucionalmente la inteligencia policial y establecer mecanismos verificables de intercambio de información entre la PNC, la DIGICI, la SIE y las demás instancias competentes. También urge evaluar cómo se cumplen los protocolos de investigación, la cadena de custodia, el control de evidencias y la supervisión de mandos. No faltan solamente normas; hace falta garantizar que cada institución cumpla las suyas y responda cuando no lo hace.
El Gobierno tiene una oportunidad y una obligación: impulsar la coordinación interinstitucional en esta materia. Si la inteligencia no anticipa y previene, si las instituciones no se coordinan y los procedimientos no se cumplen, la impunidad encuentra el camino despejado para instalarse.
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