El próximo 2 de junio, la Corte de Constitucionalidad (CC) celebrará una vista pública para conocer una apelación que la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), entonces dirigida por el defenestrado fiscal Rafael Curruchiche, presentó contra un fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ordenó archivar una investigación contra seis periodistas y dos columnistas de elPeriódico.
La resolución apelada por la FECI ordena cerrar una persecución de más de tres años contra los comunicadores y deja claro que esa fiscalía no tiene competencia en un proceso que debe ser conocido por un tribunal de imprenta, como lo ordena la Constitución.
“En el proceso penal iniciado si existe una cuestión de incompetencia que impide ejercitar la persecución penal por parte de la entidad postulante (FECI)”, dicta el fallo de la Corte Suprema.
Antes de esa resolución, distintos órganos de justicia ya habían resuelto para proteger el derecho a la libre emisión de pensamiento:
En enero de 2024, la jueza Aurora Gutiérrez, del Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal, rechazó el caso bajo el argumento que éste debía ser conocido por un Tribunal de Imprenta.
En marzo de 2024, la Sala Tercera rechazó una apelación presentada por la FECI contra el fallo del Juzgado Quinto. Esa Sala confirmó la decisión de la jueza Gutiérrez de cerrar el proceso contra los periodistas.
Un año después, en marzo de 2025, la CSJ resolvió no otorgarle a la FECI el amparo provisional solicitado en contra de la Sala Tercera de Apelaciones.
Más tarde, en agosto de 2025, la CC resolvió, por mayoría, que los periodistas no deben ser investigados por sus publicaciones al rechazar una apelación de la FECI que buscaba reactivar la investigación penal. Este fallo fue firmado por Leyla Lemus, Nester Vásquez, Roberto Molina Barreto, Héctor Hugo Pérez Aguilera y Rony López, mientras que los magistrados Luis Rosales y Claudia Paniagua emitieron votos disidentes respaldando la solicitud de la FECI.
En enero de 2026, la CSJ dictó una sentencia definitiva al rechazar las acciones de la FECI y confirmó el derecho de los periodistas a informar.
A pesar de la cooptación de la justicia y de los intentos fallidos de la FECI por enjuiciar a los periodistas por ejercer su profesión, distintas judicaturas han salido en defensa de la libertad de expresión y de la Constitución y se atrevieron a rechazar las acciones espurias del MP.
Es importante entender que estos fallos no otorgan “privilegios” a los periodistas Alexander Valdéz, Gerson Ortiz, Julia Corado, Cristian Vélix, Rony Ríos y Denis Aguilar o a los columnistas Edgar Gutiérrez y Gonzalo Marroquín Godoy, lo que confirman es la protección constitucional del derecho del gremio a informar sin ser perseguidos y de la ciudadanía a estar informada.
Cuando el fiscal general Gabriel García Luna destituyó a Rafael Curruchiche –quien criminalizó el ejercicio periodístico por más de tres años– reconoció que sus acciones generaron la pérdida de la credibilidad de esa unidad de investigación, llamada a combatir la impunidad.
Sin embargo, el reconocimiento del daño causado por la FECI al sistema de justicia guatemalteco no es suficiente. El MP también debe sentar un precedente y hacer constar que la persecución contra los comunicadores de elPeriódico tuvo motivaciones políticas y buscar una vía legal para detener esta injusticia.
La Corte de Constitucionalidad juega un papel medular en defensa de la libertad de expresión y debe confirmar los fallos que a lo largo de tres años han protegido el derecho a informar y a informarse.
Las instituciones de justicia del país también están llamadas a defender y fortalecer el sistema democrático de Guatemala, y sin periodismo no hay democracia.
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