Desde hace un tiempo, algunos constitucionalistas se han preguntado si el constitucionalismo ha llegado a su crepúsculo. Estas preguntas se relacionan con fenómenos como el de la erosión del Estado en la actual globalización. Un ejemplo de este problema es la forma en que las grandes corporaciones actúan al margen de gobiernos que, en vez de defender las conquistas constitucionales, buscan atraer una inversión que se basa en los incentivos de un capitalismo cada vez más salvaje. Sin duda, dichas presiones son de carácter sistémico, especialmente por la movilidad global de las empresas.
Por otro lado, la expansión del autoritarismo da pautas para pensar que el constitucionalismo ha perdido eficacia como modelo de organización política. En un contexto en el que tantas sociedades han dejado de creer en los derechos humanos, muchos gobiernos tratan de capitalizar la frustración ciudadana con acciones que buscan subvertir los principios de la democracia constitucional. Muchos gobernantes se aprovechan del desencanto social y se atreven a cambiar las reglas constitucionales del juego mientras están en el poder. Por lo general, dichas medidas son vendidas como remedios contra la crisis de seguridad.
Una manera de comprobar la crisis del constitucionalismo se evidencia en algunas percepciones de la Constitución de los Estados Unidos. Se solía pensar que una de las ventajas de ese país radicaba en que su Constitución había permanecido sin mayores cambios a lo largo de dos siglos. Sin embargo, no son pocos los juristas destacados que han señalado las carencias democráticas de un documento que fue redactado hace más de dos siglos y que ha sido particularmente reacio a las enmiendas. El camino de las mutaciones constitucionales—como el de las que llevaron a las conquistas civiles de la década de los sesenta del siglo pasado— se ha cerrado cada vez más gracias al predominio de jueces conservadores que siguen doctrinas que rechazan la lectura progresista de la Constitución.
No puede dejar de reconocerse la reiterada crítica al control de constitucionalidad que se ha consolidado en los últimos años en los Estados Unidos. Un número creciente de autores ha argumentado que el esquema norteamericano de gobernanza constitucional debe abandonarse, puesto que concede la última palabra a un órgano que no puede ser políticamente responsable frente a la sociedad. Esta doctrina, que se ha extendido por todo el globo, lleva a la convicción de que las cortes constitucionales llevan en su código normativo la función de guardianas del statu quo. Esta verdad se consolida desde el mismo origen del constitucionalismo, como lo muestra la aceptación del esclavismo en la elaboración del texto constitucional norteamericano. Este hecho se aplica mutatis mutandis a cualquier ejercicio de reforma constitucional.
Desde la actual altura histórica, se evidencia que todo texto constitucional refleja compromisos fundamentales que establecen límites permanentes a las futuras generaciones. Cuando nacen, las constituciones se conciben como parte de los arreglos jurídicos y políticos de las sociedades respectivas. Un texto constitucional nunca podrá anticipar los cambios que necesita una sociedad para poder enfrentar los desafíos de la historia. Sin embargo, dado que un sistema constitucional se eleva a un rango casi incuestionable, resulta muy difícil establecer nuevos derechos y procedimientos.
Guatemala reproduce estos problemas de orden constitucional. Sin embargo, las condiciones sociales de nuestro país, ancladas en una historia de injusticia tan terrible como injustificada, hacen que la crisis global del constitucionalismo desemboque en vivencias más extremas. Por esta razón, ni siquiera los paradigmas que anuncian un avance institucional se concretan en Guatemala. Estamos en los sótanos de la historia: en ese ambiente insano vivimos las crisis, con el agravante propio de los calabozos que nunca han logrado desmantelarse en los países con un pasado colonial. Por eso, si queremos entender nuestra problemática, debemos descender por las escaleras de nuestra historia.
Por lo tanto, nuestra sociedad no ha obtenido mayores beneficios de los aspectos progresivos del constitucionalismo. La Corte de Constitucionalidad guatemalteca ha confirmado la precaria historia jurídica de nuestra patria. Nuestro creciente deterioro constitucional refleja la deriva degradante de la interpretación constitucional que se ha confiado a cortes que privilegian los compromisos del poder frente a la vigencia de los valores constitucionales. De este modo, esta tendencia antidemocrática se ilustra de manera fehaciente con nuestra triste historia constitucional, en la que lo único que funciona para el legalismo cimarrón es la idea de que la Constitución es un instrumento ideal para tener la última palabra. La comprensión de estos fenómenos podría llevar a nuestra ciudadanía a no aceptar pasivamente cualquier cosa que “ordene” la “Corte Celestial”.
¿Qué hacer en un contexto tan impermeable a la justicia? Los caminos requieren la participación de la ciudadanía organizada —un objetivo tan difícil de alcanzar en este momento. Sin embargo, Un avance inicial es luchar para que la justicia constitucional caiga en manos de personas realmente aptas para dicha tarea. La textura ética de las personas que ocupan esos puestos es imprescindible porque los textos constitucionales encarnan un proyecto de ética política. Los valores éticos del constitucionalismo se hacen presentes a la conciencia moral y, si los magistrados propuestos han dado muestras de carecer de ella, corremos el peligro de condenar nuestra nación al naufragio.
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