El sentido profundo de las protestas indígenas en Guatemala

Sylvia Castellanos-Flynn

mayo 2, 2025 - Actualizado mayo 1, 2025
Sylvia Castellanos-Flynn

Reflexionar sobre el intento del Ministerio Público de criminalizar las protestas organizadas por los 48 Cantones en el 2023 es comprender que este hecho no está al margen de nuestra historia. Y es que ignorar las dimensiones históricas de estas protestas distorsiona la comprensión de un fenómeno político tan relevante de nuestro presente. Situar estas protestas, así como su criminalización, dentro de la continuidad histórica que constituye muestra realidad nacional es un paso necesario para captar el sentido profundo de tales expresiones.

Desde la perspectiva histórica, un aspecto positivo de las presentes manifestaciones indígenas es el desmantelamiento progresivo del sujeto colonizado que ha ayudado a mantener el sistema de opresión de los pueblos originarios. Cuestionar el silencio histórico que invisibiliza al actor político indígena contribuye a que los pueblos originarios alcen su voz reclamando la justicia negada a través de medio milenio.

Las protestas del 2023, en efecto, hicieron evidente que los pueblos indígenas ya no están sujetos a los dictados de los poderes que buscan mantener su opresión, exclusión y marginación. Un pueblo desarrolla su sensibilidad política en respuesta a sus circunstancias históricas. El espíritu de resistencia que ha persistido a lo largo de siglos de opresión alimenta la conciencia de los pueblos indígenas acerca de su papel en el futuro político de Guatemala. Los pueblos indígenas saben que su despertar político requiere deconstruir el orden colonial que les oprime.

Estas consideraciones históricas develan algunas de las motivaciones más cuestionables de tal intento de criminalización. Las protestas de los 48 Cantones se encadenan en una secuencia histórica de rebeliones que surgen desde los primeros tiempos de la invasión europea. En el devenir histórico respectivo, destaca el levantamiento que fue encabezado por Atanasio Tzul y Lucas Aguilar en 1820. Se debe recordar que dicho levantamiento se enmarcó dentro de los primeros momentos de la modernidad latinoamericana dado que se reclamaban algunos de los derechos reconocidos por la Constitución española de 1812. Este hecho sugiere que los movimientos indígenas se sitúan dentro de las tendencias emancipatorias que son reconocidas por las sociedades en que se ubican. Así, las protestas actuales de los 48 Cantones se colocan dentro de las coordenadas políticas de los derechos humanos.

En este orden de ideas, la mentalidad colonial que está presente en los diversos sectores de poder de la sociedad guatemalteca es un factor que explica el marcado encono de acusar a una protesta colectiva de terrorismo. Es claro que esta acusación no puede ser lanzada en contra de una colectividad de tales dimensiones. Esta acusación, según la ley guatemalteca, asume la voluntad explícita de alterar el orden constitucional, objetivo que no puede atribuirse a las protestas de 2023, las cuales defendían la voluntad electoral del pueblo guatemalteco.

En todo caso, la acusación de alteración del orden constitucional sí se puede aplicar al Ministerio Público, institución que se ha puesto al servicio de entes antidemocráticos como es el caso de la repudiable Fundaterror, la cual es heredera de los que practicaron el terrorismo de Estado en la reciente historia de Guatemala. Este hecho se vincula con la acusación de genocidio que sigue pesando sobre los predecesores de dicha organización.

Se debe recalcar que protestar por defender y rescatar la democracia nunca será una tarea que pueda calificarse de terrorismo. Cuando los sectores vulnerables luchan en contra de las estructuras que les oprimen, no solo defienden sus derechos, sino que también promueven la vigencia general de los derechos fundamentales de la sociedad en general.

Desde luego, toda protesta de magnitud considerable conlleva alteraciones en el funcionamiento de la vida cotidiana. Algunos sectores se ven afectados en su movilidad y suelen exigir del gobierno la garantía del derecho de libre locomoción. Sin embargo, ese argumento, aunque frecuente no reconoce la complejidad normativa de la situación. Es claro, en esta dirección, que el sector empresarial podría ayudar a evitar los bloqueos, si se pronunciaron en contra de los intentos golpistas del Ministerio Público.  Los sectores que ahora se oponen a toda protesta deberían ofrecer sus propias contribuciones para salir de la presente situación que vive el país.

Para concluir, se debe ver la actividad política de los pueblos indígenas como una contribución a la transformación política de la sociedad guatemalteca. La responsabilidad por la problemática profunda que enfrentamos no recae sobre los pueblos originarios, sino sobre los sectores que se benefician de la corrupción estructural y que se niegan a apoyar los cambios que democratizarían a nuestra sociedad.

*Sylvia Castellanos-Flynn es Internacionalista de San Francisco State University

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