Presidente Bernardo Arévalo sanciona decreto que reforma la Ley del IUSI

El presidente Bernardo Arévalo sancionó y dio luz verde a la entrada en vigencia del Decreto 18-2026 del Congreso de la República, que contiene las reformas a Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI), donde se establece que los inmuebles destinados para vivienda de uso residencial o mixto, tendrán una tasa impositiva de cero por millar. 

Denis Aguilar

agosto 28, 2026 - Actualizado agosto 28, 2026
Foto: Denis Aguilar

La tasa impositiva para inmuebles de uso comercial y otros usos será de tres por millar para inmuebles con valor inscrito de 0 a Q500 mil, de seis por millar para inmuebles de Q500 mil a Q1 millón y de nueve por millar Q1 millón en adelante. 

Esto se da casi un mes después de que el Legislativo aprobó las reformas al Decreto 15-98, Ley del IUSI con 131 votos en su tercer debate, posteriormente se aprobó el Decreto 18-2026 con 120 votos favorables. Estos cambios se dieron luego de una larga discusión en el pleno del Congreso. 

Arévalo decidió sancionar y dar luz verde al Decreto 18-2026 a pesar de las críticas que se generaron desde diversos sectores, como el caso de la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam), que señaló que las reformas al IUSI fueron aprobadas “de manera irresponsable y sin consenso con las municipalidades”.

La Anam señaló que la medida pone en riesgo las finanzas municipales, debido a que hay al menos 50 comunas que dependen en gran medida de la recaudación del IUSI y que este también permite costear servicios como agua potable, drenajes, limpieza, mantenimiento de aceras y caminos, además de contribuir al pago de personal de enfermería y maestros.

Además, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) había recomendado al presidente Arévalo vetar el decreto, lo que finalmente no ocurrió. Los argumentos de la organización contra los cambios al IUSI eran por varias deficiencias técnicas detectadas, debido a que no se solicitaron estudios técnicos ni dictámenes realizados por entidades como el Ministerio de Finanzas Públicas, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y las municipalidades. 

El Icefi sostiene que las reformas a la Ley del IUSI eran necesarias, particularmente para actualizar los rangos de valores imponibles y otros aspectos. 

Estos cambios en el IUSI entrarán en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario de Centro América, mientras que cambios contenidos en el Decreto que reforman artículos de Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto de Timbres Fiscales, entrarán en vigencia hasta el 1 de enero de 2027. 

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