Álvaro Arzú del bloque Unionista fue quien presentó una moción privilegiada para que el acuerdo fuera valorado como sancionado, porque a su criterio, lo actuado por el Ejecutivo no tenía vigencia.
El parlamentario señaló que el 6 de octubre vencía el plazo constitucional que tenía el presidente Bernardo Arévalo para vetar la ley, pero cometió un error al no establecer un artículo de vigencia en el acuerdo gubernativo publicado en el Diario Oficial.
Explicó que el Decreto 1816 en su artículo tercero dice explícitamente que, sin el artículo de vigencia, tendrá efecto tres días después. Esto significa que lo publicado por el presidente “no tiene validez desde el 6 de octubre, sino hasta el jueves 9”. Con esto, Arzú dice que se vence el plazo de 15 días hábiles establecidos en la Constitución.
Inmediatamente, la discusión de los diputados se centró en si el acuerdo gubernativo del veto tenía o no vigencia.
Los diputados oficialistas argumentaron que había elementos malintencionados en lo planteado por Arzú al utilizar lo regulado por el Decreto 1816, porque en el pasado los vetos se gestionaron de la misma forma que lo hizo el presidente Arévalo.
“Ahora vienen a presentar eso, cuando muchos de los que están aquí, que enviaron y ordenaron vetos, lo hicieron de la misma forma. El Decreto 1816 es de aplicación para los acuerdos reglamentarios o de observancia general, no para comunicaciones entre los organismos de Estado”, indicó el diputado electo por Semilla, José Carlos Sanabria.
El secretario general de la Presidencia, Juan Gerardo Guerrero, argumentó que el 100 por ciento de los vetos se han gestionado de la misma forma en que lo hizo el mandatario. Agregó que el artículo 178 de la Constitución Política de Guatemala afirma que “si el Ejecutivo no devolviese el decreto dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su recepción se tendrá por sancionado”, pero el mandatario sí lo envió en el plazo correspondiente.
Otros diputados plantearon que, debido a la diferencia de opiniones, se debía efectuar una consulta a la Corte de Constitucionalidad (CC) o enviar el expediente a una comisión especial para estudiar y dictaminar sobre el decreto y el veto. Algunos congresistas señalaron al presidente de estar “mal asesorado” jurídicamente, porque, a su criterio, el Ejecutivo ha cometido varios errores de forma.
Después de dos horas de discusión, los parlamentarios votaron por la propuesta que hizo Arzú. La medida obtuvo 86 votos a favor y 51 en contra. A los minutos de la votación, los diputados rompieron el quórum.
La Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural fue aprobada de urgencia nacional el pasado 2 de septiembre con 103 votos a favor. La misma establece arrastrar el dinero no ejecutado en el presupuesto 2025 hacia el de 2026 y reducir los plazos para que las entidades rectoras, como ministerios, emitieran avales para desarrollar una obra.









