El Tribunal de Mayor Riesgo “B” dictó sentencias condenatorias en contra de siete agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) por las ejecuciones extrajudiciales de Eldin Choc Xi y Milton Santamaría. El hecho ocurrió en San Andrés Itzapa, Chimaltenango, el 18 de abril de 2024. Se trata de un crimen que ha sido señalado de ser impulsado por la homofobia.
La resolución emitida por el tribunal establece que existen pruebas suficientes determinar la culpabilidad de los agentes de la PNC en la tortura y posterior ejecución extrajudicial de Choc y Santamaría, lo que ocurrió dentro de la subestación policía en San Andrés Itzapa. Las víctimas eran pareja cuando ocurrieron los hechos.
En ese sentido, se emitió una sentencia condenatoria de 60 años de prisión en contra de Edy Vásquez Rabanales, quien fue subinspector y jefe de la subestación policial del municipio, por el delito de ejecución extrajudicial en concurso real.
El agente Fredi Santiago Velásquez Pérez también fue condenado a 60 años de prisión por el mismo delito que Vásquez Rabanales.
Mientras que Mauricio Abraham Contreras Salán fue condenado a 30 años de prisión por el delito de ejecución extrajudicial cometido contra Santamaría.
Las agentes Yuliza Nabely Ayala Yo y Yorleni Macario Ramos fueron condenadas a 11 años de prisión por los delitos de incumplimiento de deberes y discriminación. Ambas agentes fueron absueltas por el delito de ejecución extrajudicial y el Tribunal reprendió al Ministerio Público (MP) por no formular adecuadamente las acusaciones.
El agente Ángel Mario Roquel fue condenado a 10 años de prisión por los delitos de obstaculización a la acción penal, incumplimiento de deberes y omisión de denuncia, además de que la sentencia incluye una multa de Q1 mil.
Jeremías Rojas Rojas fue condenado a un total de ocho años de prisión por los delitos de abuso de autoridad y detención ilegal.
Todas las sentencias emitidas este miércoles por el Tribunal de Mayor Riesgo «B» son de carácter inconmutable.
Un caso de homofobia
Distintas organizaciones de derechos humanos han señalado este caso como un crimen de odio impulsado por la homofobia, debido a la relación sentimental que Choc y Santamaría mantenían.
La organización Visibles destacó la sentencia emitida por el Tribunal, pero cuestionaron que en Guatemala aún no estén tipificados los crímenes de odio.
“El día de hoy, se dio sentencia en el caso de Eldin y Milton, pero esta mantiene un vacío. En Guatemala, no están tipificados los crímenes de odio o los crímenes por prejuicio”, indicó la organización.
Ante eso indicaron que mientras no se nombre que la homofobia impulsó este crimen, no habrá justicia real para real para las víctimas, ni habrá rutas para detener este tipo de hechos violentos.
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