CC reconoce facultad del presidente para destituir a Jorge Mondal y Luis Suárez del Bantrab

Este 25 de septiembre, la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió denegar los amparos presentados por Jorge Adolfo Mondal Chew y Luis Antonio Suárez Roldán, revocando los amparos provisionales previamente otorgados a ambos que los mantuvo en la junta directiva del Banco de los Trabajadores (Bantrab).

Jovanna García     septiembre 25, 2024

Última actualización: septiembre 25, 2024 6:15 pm

Pese a que en dos ocasiones la CC amparó a ambos directivos, hoy concluyó que el presidente Bernardo Arévalo tiene facultades constitucionales para remover a los funcionarios que él mismo ha designado, siempre y cuando se ajusten a los principios de legalidad. Además, la CC señaló que no se infringieron derechos con la destitución.

El amparo promovido por Mondal Chew se originó tras su despido como presidente de la junta directiva del Bantrab, ejecutada por el mandatario, Bernardo Arévalo, el 8 de febrero de 2024, mediante el Acuerdo Gubernativo 8-2024.

En esa misma acción, Arévalo también revocó el nombramiento de Suárez Roldán como suplente de la directiva del Bantrab. Ambos fueron designados durante el gobierno del expresidente Alejandro Giammattei.

En lugar de Mondal y Suárez, Arévalo nombró a Walter Arturo Armendáriz Díaz como presidente. La destitución se fundamentó en el incumplimiento de requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Bantrab, que exige que el titular de la junta directiva tenga al menos 10 años de experiencia en el sistema bancario nacional, requisito que ambos no cumplían.

El 25 de febrero de 2024, tanto Mondal Chew como Suárez interpusieron amparos ante la CC, alegando que su destitución fue arbitraria e ilegal. Chew argumentó que su nombramiento estaba previsto hasta julio de 2026, y Suárez que no se le permitió defenderse ni siguieron los procedimientos legales adecuados para su remoción.

En ese momento, la Corte otorgó los amparos de manera provisional, lo que les permitió volver a sus cargos. No obstante, el 22 de mayo de 2024, el secretario general de la Presidencia, Juan Gerardo Guerrero Garnica, siguiendo órdenes del presidente Arévalo, volvió a destituir a Mondal y Suárez.

Además, el 10 de junio Garnica presentó una denuncia contra Mondal Chew por perjurio y falsedad ideológica, argumentando que en una declaración jurada de 2021, afirmó tener la experiencia requerida, lo que fue desmentido por la Superintendencia de Bancos (SIB), que no encontró registros de su trayectoria en el sistema bancario.

eP Investiga tuvo acceso al informe de la SIB emitido el 8 de agosto de 2024, señalando cinco inconsistencias graves en las pruebas presentadas por Mondal, lo que llevó a la Superintendencia a declarar que su nombramiento carece de legalidad.

El 11 de julio, tres magistrados suplentes de la CC, Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, Walter Paulino Jiménez Texaj y Luis Alfonso Rosales Marroquín, otorgaron un segundo amparo a Mondal para que se mantuviera en el cargo.

Este provocó que, el 24 de julio, el gobierno solicitara el retiro de inmunidad de dichos magistrados, acusándolos de prevaricato por haber omitido, según el Ejecutivo, pruebas documentales esenciales, incluidas las emitidas por la SIB, que demostraban que Mondal no cumplía con los requisitos legales para el cargo.

Por su destitución, Mondal también denunció a Guerrero Garnica y el MP solicitó el retiro de su inmunidad el pasado 20 de agosto.

Ahora que la CC ha resuelto de forma definitiva los amparos, desestimando los argumentos presentados por los amparistas y revocando los provisionales otorgados previamente​, el presidente tendrá la libertad para removerlos de sus cargos.

En estos nuevos fallos, los votos a favor de negar los amparos fueron otorgados por los magistrados Leyla Lemus, Héctor Pérez Aguilera y Walter Paulino Jiménez. Este último había votado por favorecer a Mondal Chew y a Suárez. Por su parte, los magistrados Luis Rosales y Claudia Paniagua votaron en contra del fallo.

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