Según el Mineduc, el fallo favorable emitido por el Juzgado se dio luego de que se determinó que el STEG acudió a la vía judicial sin antes haber agotado la negociación por la vía directa, es decir, mediante el proceso administrativo correspondiente.
“Con la resolución dictada, nuevamente se confirma que el Mineduc ha actuado conforme a la ley”, indicó la cartera en un comunicado.
Según el Mineduc, este se trataba de un nuevo emplazamiento promovido por el propio STEG. Esto se dio luego de que en marzo de este año, el Juzgado Décimo Cuarto Pluripersonal de Trabajo dejó sin efecto el emplazamiento promovido por un comité ad hoc.
Esa resolución fue confirmada por la Sala Tercera de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social.
El Mineduc ha señalado en reiteradas ocasiones que dicho comité estaba integrado, principalmente, por actuales dirigentes del STEG. Es decir, que la cartera sostiene que ambos emplazamientos fueron promovidos por el sindicato de Acevedo.
Además, el Mineduc señaló que este segundo emplazamiento fue el que provocó el rompimiento del diálogo que mantenía con el STEG para negociar el pacto colectivo de condiciones de trabajo.
El emplazamiento le impedía al Mineduc ejecutar despidos sin autorización judicial mientras se tramitaba el proceso y buscaba, según el STEG, proteger a los trabajadores de posibles represalias laborales.








