Sala confirma cese de emplazamiento promovido por el STEG contra el Mineduc

La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social confirmó la resolución que levantó un emplazamiento que fue ocasionado por un conflicto colectivo promovido por un Comité Ad Hoc de la llamada Coalición de Trabajadoras y Trabajadores del Ministerio de Educación de Guatemala (Mineduc). Dicho comité está vinculado al Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG). 

Denis Aguilar

abril 22, 2026 - Actualizado abril 22, 2026
Foto: Carlos Alonzo

El fallo de la Sala indica que ese conflicto no tenía posibilidad de continuar debido a que actualmente hay un proceso de negociación del pacto colectivo entre el STEG y el Mineduc. Además, se resolvió que ese comité no tenía legitimación activa para promover un recurso de ese tipo. 

“Es importante recordar que ese Comité Ad Hoc no era una instancia ajena al STEG. Sus integrantes eran, en su mayoría, miembros de la dirigencia de ese sindicato. Es decir, se trataba del mismo actor intentando operar por una vía paralela”, señaló el Mineduc en un comunicado. 

Bajo esos argumentos, la Sala Tercera confirmó la resolución que fue emitida en febrero por el Juzgado Décimo Cuarto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social en febrero de este año. 

“La Sala cita jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad según la cual, mientras esté vigente un pacto colectivo, no es razonable forzar al patrono a negociar nuevos acuerdos por la vía de un conflicto colectivo fuera de los plazos que establece la ley, porque eso generaría inseguridad jurídica”, indicó el Mineduc. 

En ese sentido, el Mineduc indicó que esa resolución confirma que la negociación que corresponde es la que está en curso dentro del marco legal y con el sindicato mayoritario, que es el STEG, liderado por Joviel Acevedo. 

El Mineduc enfatizó que en este caso la Sala consideró que no hubo violación a la libertad sindical ni a la negociación colectiva, y también avaló la valoración de la prueba hecha por la jueza de primera instancia. 

La demanda, que originó el conflicto, fue presentada el 11 de septiembre del 2025, por integrantes de dicho comité, quienes también eran parte del STEG. Esto ocurrió meses después de que el STEG levantó el paro de actividades educativas que duró al menos 56 días. 

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