Estado podrá construir infraestructura en terrenos que son propiedad de pueblos indígenas

El Congreso aprobó el Decreto 13-2025 que dispone reformar la Ley Orgánica del Presupuesto. La normativa permitirá al Estado hacer construcciones en terrenos que son propiedad de las comunidades indígenas y campesinas sin entregar las propiedades.

Leslie Sánchez

noviembre 11, 2025 - Actualizado noviembre 11, 2025
Foto de portada: Carlos Alonzo

A inicios de agosto, el presidente Bernardo Arévalo envió una propuesta similar al Congreso, sin embargo, los diputados dispusieron utilizar la iniciativa 6466 presentada por el congresista Sergio Celis, en octubre del año pasado, pero antes se aprobaron modificaciones. 

Actualmente, la ley establece que cuando los terrenos son comunales, debía cederse el bien o inmueble a la municipalidad o institución del Estado. Esa disposición fue suprimida por los diputados para que, a través de un acta de asamblea comunitaria, se dé el aval de construcción sin necesidad de otorgar la propiedad.  

La reforma explica que, las construcciones del Estado en tierras de gobernanza comunal, de propiedad agraria o en tierras cuya tenencia pertenezca a las comunidades o pueblos indígenas, se autoriza la construcción de infraestructura que incremente el capital fijo por parte del Estado. 

“En estos casos será título suficiente el acta de la asamblea comunitaria, según las propias formas de gobernanza y organización de los pueblos indígenas, donde se haga constar lo relativo al uso, finalidad y el plazo, el cual no deberá ser menor a 20 años renovables”, especifica la ley. 

Lo aprobado también permite que las municipalidades puedan tener asignación de recursos de obras de infraestructura. 

Esta propuesta fue solicitada por organizaciones indígenas que se reúnen el último jueves de cada mes con el presidente Arévalo en el Palacio Nacional. Los votos favorables incluyen a bancadas de oposición como Vamos, Valor y UNE. 

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