La presidencia informó que la entrada en vigencia de esta ley limitaría únicamente a las actividades comerciales a presentar un estudio de impacto ambiental y dejaría en exclusión a sectores como instituciones benéficas, religiosas, los servicios profesionales individuales y otras actividades económicas.
El comunicado también explicó que el veto se basa en un análisis legal de la ley, donde se encontraron violaciones a los principios de igualdad, a la no aplicación retroactiva de las leyes y a tratados internacionales que Guatemala ha ratificado.
“El Gobierno de Guatemala reitera su compromiso de trabajar para consolidar un sistema de licencias ambientales que sean herramientas efectivas de protección a la naturaleza”, se lee en el comunicado de prensa.
Durante la discusión en el Congreso, diputados de oposición aseguraron que la normativa buscaba evitar que sectores de la economía informal tuvieran que realizar o pagar un estudio de impacto ambiental en el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN).
En las modificaciones lograron 83 votos para que la propuesta fuera aprobada en tercera lectura y redacción final, en la que incluyeron una moción que exceptúa del estudio de impacto ambiental a iglesias, organizaciones no gubernamentales y cualquier otro que no emita fluidos y gases contaminantes y sus desechos sólidos sean aceptados por su recolector de basura.
La ley añadía que esas categorías sí estaban obligadas a realizar el estudio, cuando se trate de nuevas construcciones o modificaciones en bienes inmuebles.
En diversas ocasiones, la ministra de Ambiente, Patricia Orantes, aseguró que la ley aprobada en el congreso promovía la impunidad ambiental.









