Dado el ritmo vertiginoso de los acontecimientos, las preferencias de las redes tiktokeras y demás, los vecinos de esta urbe ponemos poca atención a las decisiones más trascendentales de las municipalidades metropolitanas. Sin mayor ventilación pública el Diario de Centroamérica divulgó el 12 de junio el Acuerdo No. COM-25-2025 del Concejo Municipal capitalino relacionado con el transporte público urbano. Lástima grande que estos temas no sean parte de una planificación participativa, pero…comentémoslo a continuación:
Se trata de una ambiciosa normativa con 12 capítulos, en donde se despliega el régimen sancionatorio, las tarifas, las tasas, las terminales y centrales de transferencia, las inspectorías municipales y las supervisiones privadas, los conductores del sistema y las instituciones de tu muni encargadas de la gestión del mismo.
Vale aclarar que tan ambicioso reglamento bien debiera tener claro el diagnóstico crítico de la situación y la conexión con todos los sistemas de transporte de personas a los que una urbe metropolitana debe acceder, conjuntamente con una delicada red de infraestructura y de seguridad de la gente, combinado ello con todos los componentes que facilitan el transporte de la clase trabajadora de un país, y del turismo por supuesto.
En la conceptualización inicial, se entiende como sistema a: «el conjunto de servicios establecidos en el presente reglamento con el objeto de transportar usuarios o pasajeros a través de rutas establecidas dentro del municipio de Guatemala, mediante el cobro de una tarifa autorizada por el Concejo Municipal».
Se subraya la presencia vital de una Dirección de Fiscalización del sistema -DISIFU- que es una dependencia de EMETRA, que a la vez es la entidad reguladora global, y es componente de las autoridades del sistema, conjuntamente con la denominada EMT (empresa municipal de transporte) y el Concejo Municipal.
El sistema se compone de varios tipos de servicio que son los siguientes: i) transporte público colectivo urbano; ii) servicio a demanda para personas con discapacidad física; iii) servicios especiales y iv) cualquier otro tipo de servicio que apruebe el Concejo.
Para proceder a licencias de operación se advierte el requerimiento de preparación de estudios de factibilidad a ser preparados por dependencias de la Empresa Municipal de Transporte, que suponemos debiera ser el ente que planifique y ejecute el transporte núcleo y central de la ciudad, y se auxilie de operadores privados en la medida que requiera ayuda de ramificaciones colaterales al transporte central. Si existe una empresa pública municipal, la misma debiera tener como activos la mayor parte de unidades de transporte moderno, conjuntamente con un personal operador bien preparado, debiéndose tener cuidado en la proliferación de operadores privados, porque está más que comprobado desde los grandes fracasos de privatización del transporte en los noventa, que este servicio amerita de subsidios y de financiamiento público, proveniente de impuestos y tarifas para funcionar.
El proceso de contratación de operadores privados sigue criterios muy parecidos a las contrataciones del Estado que aparecen en el sistema de GUATECOMPRAS. En tal sentido, los denominados en el reglamento como Términos de Referencia -TDR- constituyen bases técnicas esenciales que esperamos exijan la mejor tecnología posible y los menores niveles de obsolescencia del transporte, así como una conducción del mismo responsable; y con las garantías especiales requeridas en las urbes latinoamericanas y mundiales más respetadas, conservando un nivel tarifario acorde a las condiciones de vida de los vecinos.
El artículo 16 involucra todas las garantías exigidas, que se refieren a sostenimiento a la hora de presentar propuesta, cumplimiento previo a suscribir el contrato, calidad cuando corresponda, póliza de seguros de caución sobre todo riesgo y responsabilidad civil de acuerdo con los TDR formulados.
Para todo ello el Concejo Municipal institucionaliza la DIGLO, que es la Dirección de Gestión de Licencias de Operación del Transporte Público. A la misma le corresponde desde la planificación del transporte hasta la autorización de licencias.
Junto a este reglamento venimos observando en el medio la proliferación de una serie de entidades de derecho público y de regulación e infraestructura como lo son las provenientes de un cuerpo legislativo sobre la competencia de mercados y otro sobre la infraestructura vial. Este último corresponde a un cuerpo especial deconcentrado, insertado de una forma poco usual dentro del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV-, y que hasta incluso cuenta con un consejo directivo electo en base a las conocidas conexiones políticas.
Se esperaría, tanto en la alta conducción de tales cuerpos regulatorios, estatales y municipales, la presencia de personal impecable y bien preparado, desde los elementos dirigentes hasta los operativos, caracterizado por alta moral y ética y los necesarios elementos técnicos y habilidades para hacer operar estas grandes maquinarias. Además de una alta vocación hacia el interés público y el colectivo.
Recordemos que el interés colectivo se ve asediado por minorías que se encargan las 24 horas del día de capturar al Estado, y que renombrados autores han dado en llamarlas como coaliciones de distribución. Es decir, personajes representativos y enchufadores de los grandes intereses corporativos. La principal causa de la falta de moral, y la decadencia del Estado es precisamente esa.
Pero ¿qué vemos por el momento?
Observamos la carencia de sapiencia técnica en aspectos económicos y de ingeniería, y la presencia de personajes con diversa influencia familiar, clientelar y de relaciones públicas. Además, personajes cargados del currículo formalista y jurídico tan común en las sociedades de raigambre hispánica. Léase auditores, contadores públicos y principalmente abogados, que carecen de los rudimentos de la planificación económica y la planificación en general, de los avances tecnológicos, incluyendo prácticas, teoría y conocimiento de las energías limpias, el medio ambiente y la logística y entrega de servicios ante muy complejas situaciones de demanda de los mismos. Todos estos personajes, aparte de un amplio dominio de la ciencia, debieran tener también uno más amplio de las habilidades cuantitativas y la economía por supuesto.
Todos estos cuerpos reguladores, adicionalmente a la necesaria ética y amplio sentido por la economía pública y el bien común, requieren de personajes con alto conocimiento en el diseño de políticas públicas, en economía del transporte y de la competencia, buscando la asignación de recursos públicos y privados para incrementar la eficiencia tecnológica y el bienestar general.
Un reglamento como el que se considera debiera contener una amplia exposición de motivos de naturaleza estratégica y de comunicación hacia la gente, que busque incrustar los ramales ferroviarios y el metro riel confeccionando verdaderas centrales de transferencia, incluso ligadas al transporte extraurbano.
Hace unos pocos días me conducía por las colindancias entre Guatemala y Santa Catarina Pinula, y realmente da pena observar el hacinamiento de trabajadores que caminan desde los alrededores de las clínicas de Multimédica en la zona 15 y buscan trasladarse hasta San José Pinula, Barberena e incluso más apartadas regiones de Santa Rosa. Las paradas de bus son totalmente inseguras e insalubres.
El humerío del obsoleto transporte utilizado incluso no posibilitaba divisar a más de tres metros de distancia atrás de los escapes de una camioneta con los brochas hacinando gente, incluso con música estridente, de la que no se salva, por supuesto, en todas estas deficiencias el transporte capitalino ya concesionado, sobre el cual debieran efectuarse profundas revisiones y una normativa fuerte de contención del transporte pirata, sobre el cual no se dice mucho en el reglamento indicado. Recordemos que un apéndice importante del sistema de transporte urbano actual no son sólo los carros piratas, muy conocidos por su estilo, por cierto, sino los cientos de motoristas que conducen a las pasajeras sin casco ni protección.
A las 5 p.m. puede observarse por todos los edificios de la zona 15, Pradera y demás a los motoristas con su celular en mano, haciendo la conexión con una joven mujer -por lo regular- que últimamente tiene como principal medio de transporte la taxi motocicleta. Sobre ello el reglamento no dice nada, y bien ameritaría de un diagnóstico al principio. Sin embargo, es de aplaudir la emisión de un reglamento que hable del transporte masivo, y mucho tendría que ser llevado aportado por la Gobernación Departamental y otras entidades para volverlo metropolitano. Incluso se vale mencionar que la propia Constitución Política ordena la creación de un distrito metropolitano que hasta la fecha es inexistente, incluso en su diseño.
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