Según el Mineduc, la sentencia emitida por la CC se apega a la una tesis central planteada por el Estado, por medio de la Procuraduría General de la Nación (PGN), contra disposiciones contenidas en el pacto colectivo vigente que se firmó en 2022 durante el gobierno de Alejandro Giammattei.
“Como resultado, la Corte expulsó del ordenamiento jurídico frases contenidas en los artículos 20, 21 y 62, y fijó criterios de interpretación sobre los artículos 1, 45, 46 y 47 para que su aplicación no afecte las competencias propias del Ministerio”, indicó el Mineduc en un comunicado.
En ese sentido, señalaron que con el fallo de la CC se confirma el principio fundamental de que la conducción del sistema educativo en Guatemala le corresponde al Mineduc.
“Las decisiones sobre programas, capacitación, supervisión y servicios educativos no pueden quedar condicionadas a la aprobación, consenso o supervisión del STEG ni de ninguna organización sindical”, aseguraron.
El fallo emitido por la CC también se refiere a las Juntas Mixtas y se estableció que estas pueden funcionar como un mecanismo de diálogo laboral, pero que estas no pueden sustituir la autoridad del Mineduc y que tampoco pueden adoptar acuerdos que sean contrarios a la Constitución y normativas vigentes.
No obstante, el Mineduc señaló que privilegian el diálogo, así como el respeto a los derechos laborales y la libertad sindical. Mencionaron que la rectoría educativa que corresponde al Estado es “una responsabilidad pública e indelegable, orientada a garantizar el derecho a la educación de la niñez, adolescencia y juventud”.








