eP Investiga consultó a Santiago Palomo, secretario de Comunicación Social de la Presidencia, sobre si habrá acciones específicas contra el juzgador o si únicamente se trató de una solicitud pública hecha por el mandatario. El portavoz se limitó a responder que la vía administrativa no es la única que contempla el Ejecutivo.
“Se están considerando varias opciones legales, y no únicamente en la vía administrativa. En todo caso, ya hay procesos disciplinarios ante el Organismo Judicial y varias querellas contra el juez Orellana”, dijo Palomo.
Durante la cadena nacional, el mandatario dijo que Orellana y la fiscal general, María Consuelo Porras, son parte de una “alianza criminal” que busca atentar contra la democracia en Guatemala, mediante un “golpe de Estado judicial”.
Expertos responden
Edgar Ortiz, abogado constitucionalista, explicó que la destitución del juez Orellana es posible, pero que hay un camino largo que recorrer, el cual se puede iniciar mediante un proceso disciplinario.
Ortiz mencionó que la Ley de la Carrera Judicial establece procesos disciplinarios contra jueces, los cuales se pueden iniciar con una queja. Para este caso hay dos instancias clave: la Supervisión de Tribunales, que es la que acusa ante una falta, y la Junta de Disciplina Judicial, que actúa como un juez en los procesos.
“Si se tiene una queja contra un juez, así como el presidente (Arévalo), se presenta una queja ante la Supervisión de Tribunales. Esta tendría que abrir una investigación, recabar las evidencias, hechos y pruebas, presentar un caso ante la Junta de Disciplina Judicial y esta debería darle audiencia al juez para que se defienda y tomar una decisión final, si lo sanciona o no lo sanciona”, dijo.
En ese sentido, Ortiz señaló que si la recomendación de la Junta de Disciplina Judicial es la destitución, se tendría que enviar un oficio a la CSJ para que esta tenga la última decisión al respecto.
El abogado puso como ejemplo que este tendría que ser el mismo proceso que se siguió contra jueces de Alta Verapaz, señalados de cometer varias irregularidades en sus judicaturas.
En el proceso contra los jueces de Alta Verapaz, la Junta de Disciplina Judicial recomendó en junio de este año al Consejo de la Carrera Judicial la destitución e inhabilitación contra dos de los cuatro jueces que fueron procesados.
Según el artículo 58 de la Ley de la Carrera Judicial, cuando la Junta de Disciplina Judicial recomiende una destitución, se enviará el expediente completo con su recomendación al Consejo de la Carrera Judicial, con el único fin de que este lo remita, de forma inmediata, a la CSJ.
Un cambio de judicatura
Patricia Gámez, presidenta de la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), indicó que en un caso como este le correspondería al régimen de la carrera judicial y a la CSJ determinar si el comportamiento de un juez ha sido apegado a la Constitución y a las leyes o si ha cometido faltas.
Además, Gámez indica que sin un juez en el cargo está generando perjuicio a la administración de justicia en general, lo primero que tendría que analizarse es si cumple con las competencias suficientes y la idoneidad para seguir en el cargo.
Sin embargo, señaló que el cambio de judicatura es otra de las opciones que se podrían considerar en ese tipo de casos.
“Creo que pensar en un traslado de judicatura sería lo más razonable”, dijo Gámez, indicando que un proceso de este tipo podría realizarse con más celeridad.
Gámez señaló que estos procesos pasan por el Consejo de la Carrera Judicial, previo a su llegada a la CSJ, donde por mayoría de votos se debe definir si se acepta o no la recomendación de la Junta de Disciplina Judicial.









