CSJ revoca órdenes de captura contra Iván Velásquez y exoperadores de justicia

La Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó de forma definitiva las órdenes de captura que había emitido la Sala Tercera de Apelaciones en contra del exjefe de la desaparecida Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), Iván Velásquez, y exoperadores de justicia por supuestas irregularidades en el caso Odebrecht. 

Denis Aguilar

abril 13, 2026 - Actualizado abril 13, 2026

El fallo revoca la resolución emitida por la Sala Tercera el 30 de mayo de 2025 en contra de Velásquez y Luz Adriana Camargo Garzón, actual fiscal general de Colombia. Las medidas también alcanzaban a la exfiscal general del Ministerio Público (MP), Thelma Aldana, así como contra el exjefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI), Juan Francisco Sandoval. 

La Sala Tercera también había emitido órdenes de aprehensión contra Mayra Véliz López, exsecretaria general del MP; además de los exfiscales Eva Siomara Sosa, Rudy Herrera y Amy Girón. Estas también alcanzaban a Juan Pablo Carrasco, expresidente de la Cámara de Comercio Guatemala-Estados Unidos (Amcham); y David Gaitán, exmandatario de la CICIG. 

Este amparo fue promovido por David Fernando Font Verdugo, Jorge Luis Font Verdugo y Álvaro Stein Barillas, quienes también enfrentaban órdenes de aprehensión en el caso Odebrecht. 

La Cámara de Amparos señala que la resolución se emitió luego de que se accionara directamente ante la Sala Tercera y que esta instancia, admitió la acción y se pronunció sobre el caso. 

“Se comprueba que la Sala emitió una resolución que es ilegal y violatoria de los derechos fundamentales, toda vez que su intervención se limitaba únicamente a conocer y declarar si la recusación procedía o no, con dicho proceder violentó el principio de juez natural, pues la emisión de las órdenes de aprehensión es una facultad de los jueces de primera instancia”, señala la CSJ. 

Además, en la resolución se añade que una Sala de Apelaciones no puede sustituir la voluntad de un juez para dictar medidas de coerción, mientras solo se esté tramitando una incidencia de recusación. En ese sentido, aseguraron que la Sala Tercera “se excedió en el ejercicio de sus facultades legales”. 

Este caso surgió por los acuerdos de colaboración eficaz del caso Odebrecht que se gestionaron por Velásquez y Camargo en 2017. La FECI, dirigida por Rafael Curruchiche, sostiene que esos acuerdos permitieron impunidad a exdirectivos de Odebrecht. 

En su cuenta de X, el excomisionado Velásquez señaló que “a casi un mes de finalizar el periodo de la corrupta fiscal general Consuelo Porras, parece que la situación empieza a cambiar en Guatemala”, en referencia a la resolución emitida por la CSJ. 

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