La resolución fue emitida de forma unánime por los magistrados de la CC. Sin embargo, el magistrado Roberto Molina Barreto emitió un voto concurrente razonado, en el cual busca “orientar” al funcionario público para “el debido ejercicio del derecho a la libertad de expresión”, además de que propuso “advertir” sobre emitir declaraciones prudentes.
Estas acciones se originaron a raíz de publicaciones y declaraciones que han realizado funcionarios del Ejecutivo criticando el actuar de la fiscal general, quien presentó un documento de 422 páginas, en su mayoría capturas de pantalla de esas publicaciones, donde señala el incumplimiento del amparo provisional que la CC le otorgó.
Sin embargo, la CC rechazó los planteamientos expresados por la fiscal general en la acción de debida ejecutoria, quien consideraba que se estaba incumpliendo con el amparo provisional.
#Actualidad 🔴 | La @CC_Guatemala rechazó una solicitud de debida ejecutoria presentada por la fiscal general, María Consuelo Porras, en la que pedía que se investigara al presidente @BArevalodeLeon y que se destituyera a funcionarios del Ejecutivo.
— eP investiga (@eP_investiga) September 12, 2024
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“En lo que respecta a las distintas publicaciones realizadas en redes sociales y medios de comunicación, que se denuncian como constitutivas de incumplimiento, se estima que ello no encaja en los términos en los cuales fue otorgada la protección interina de la que se solicita ejecución, por lo que no constituyen inejecución de lo ordenado por este Tribunal”, señala la CC.
Asimismo, la CC resolvió que no es procedente ordenar la separación del ministro de Finanzas, Jonathan Menkos, del titular de la Procuraduría General de la Nación (PGN), Julio Saavedra; y del secretario general de la Presidencia, Juan Guerrero Garnica.
La CC también mencionó que la solicitud para que se investigara al presidente Bernardo Arévalo “no está apegada a derecho”.
Dicen no a revocatoria
De igual forma, la CC declaró sin lugar la solicitud planteada por el presidente Bernardo Arévalo, en la cual se pedía la revocatoria al amparo provisional que se le otorgó a la fiscal general en mayo de este año, por la “amenaza real, cierta e inminente” por acciones del Ejecutivo para destituirla del cargo.
“En cuanto a la petición de revocatoria del amparo provisional, solicitada por el Presidente de la República, no ha lugar, porque las circunstancias hacen aconsejable mantener la protección interina”, indicó la CC.
La solicitud de revocatoria fue planteada por el Ejecutivo a principios de agosto, cuando también se presentó una solicitud de antejuicio contra Consuelo Porras.
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