Según la resolución, las pruebas presentadas por el Ministerio Público (MP) durante el juicio no guardaban relación con los hechos atribuidos a los acusados. Por esa razón, los magistrados consideraron que no correspondía condenarlos por el delito de tráfico de influencias.
Los tres exdiputados habían sido condenados el pasado 3 de agosto, luego de que un tribunal los encontrara culpables de aprovechar sus cargos para gestionar plazas en el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) destinadas a personas cercanas a ellos.
Aracely Chavarría recibió una pena de siete años y 11 meses de cárcel; Ronald Arango, seis años y cuatro meses; y Humberto Sosa, tres años y nueve meses de prisión conmutables a razón de Q100 diarios.
Se consultó al MP si presentará alguna acción para revertir la decisión emitida por la Sala, pero hasta el momento no han dado una respuesta.
La Sala Primera está integrada por los magistrados Miriam Regina Brolo Salazar, presidenta; Marco Tulio Pérez Lemus, vocal I; y Jorge Emilio Morales Quezada, vocal II. También figuran como magistrados suplentes Jaime Amilcar González Dávila y María José Aguilar Hernández.
El caso
La investigación fue revelada por la desaparecida Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) en 2019. Las pesquisas identificaron el cobro de comisiones ilícitas por más de Q53 millones, relacionadas con contratos de obras y servicios, plazas fantasmas y adjudicaciones irregulares.
Los hechos ocurrieron durante el gobierno del Partido Patriota, cuando Jorge Villavicencio se desempeñaba como ministro de Salud.
En otro proceso relacionado con este mismo caso, el año pasado el Juzgado de Mayor Riesgo «D», a cargo de la jueza Abelina Cruz Toscano, dictó el año pasado falta de mérito a favor de Juan de Dios Rodríguez, expresidente del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).








