En el fallo, el Juzgado confirmó que la convocatoria a “asamblea permanente” vulnera el derecho constitucional a la educación de la niñez y adolescencia en el sistema educativo público. Además, el Mineduc señaló que la figura que ha utilizado el STEG para implementar sus medidas no existe en la legislación vigente.
“La sentencia ordena al Comité Ejecutivo Nacional del STEG y a sus dirigentes seccionales y subseccionales dejar sin efecto la convocatoria y notificarlo por escrito a todas las direcciones de escuelas públicas. Cada comunicación debe entregarse de forma comprobable en un plazo máximo de 48 horas a partir de la notificación judicial y remitirse, en copia, al expediente del amparo”, dijo el Mineduc en un comunicado.
De no cumplirse con las medidas establecidas por el Juzgado, se certificará lo conducente por desobediencia ante el Ministerio Público (MP) y podrían imponerse multas de hasta Q4 mil contra cada integrante de la dirigencia sindical.
El Mineduc resaltó que la resolución también reconoce el derecho del STEG a realizar sus respectivas asambleas ordinarias y extraordinarias, hasta un máximo de dos por año, esto de conformidad con el artículo 17 del Pacto Colectivo vigente. Estas asambleas deben realizarse sin que se interrumpan las clases en los centros educativos.
Asimismo, el Mineduc indicó que las Direcciones Departamentales de Educación serán las encargadas de verificar el restablecimiento de las actividades escolares en las distintas escuelas del país, luego de que culmine el periodo vacacional de esta semana.
También hicieron un llamado a la población a permanecer atenta ante cualquier intento de prolongar la suspensión de las clases para que presenten sus denuncias correspondientes al 1503 o en el sitio web del Mineduc.
Desde hace varias semanas, el STEG, que es liderado por Joviel Acevedo, ha permanecido frente al Palacio Nacional, exigiendo varias demandas al Mineduc, pese a que actualmente se encuentra en desarrollo el proceso de negociación de un nuevo pacto colectivo.









