CC suspende artículo clave de la Ley del Sector Primario

La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala resolvió suspender provisionalmente partes del Decreto 31-2024, que reforma el artículo 120 del Código Tributario y crea la Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario.

Jovanna García

mayo 1, 2025 - Actualizado mayo 1, 2025

La resolución anula de forma provisional el artículo 19, en sus literales y fragmentos específicos, así como el 21. Entre estas se encuentra la obligación de las personas jurídicas de declarar los nombres completos, razón social y porcentajes de participación de sus socios o accionistas, y de proporcionar estos datos a a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT). También deja sin efecto el requisito de actualizar esa información como condición para realizar gestiones fiscales.

En cuanto al artículo 21, la Corte dejó en suspenso la obligación de presentar una declaración jurada patrimonial y pagar un impuesto del 5 por ciento a quienes se inscribieron al nuevo régimen y no pudieran justificar el origen de sus ingresos o activos.

La decisión fue tomada tras conocer las acciones de inconstitucionalidad presentadas por varios actores, entre ellos José Roberto Turcios Urrutia, José Pablo Ceballos Rodas, Erick Miguel Castillo López, Carlos Rodolfo Lau Olivares y Florencio Buenaventura De Mata Furlán. También se sumó el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif), a través de su presidenta y representante legal, Carmen María Torrelabrite Benford. 

La suspensión tendrá efectos a partir de su publicación en el Diario de Centro América y se mantendrá vigente hasta que se emita una sentencia definitiva.

Según explicó el abogado Edgar Ortiz en su cuenta de X, la medida impide temporalmente la obligación de identificar públicamente a los accionistas de las empresas inscritas en este régimen especial, lo que tocaba aspectos de privacidad y control tributario. 

Para Ortíz, es más relevante aún la suspensión del artículo 21 que frena la posibilidad de regular ingresos no reportados sin respaldo documental mediante el pago de un impuesto único del 5 por ciento. El abogado dice que esta figura funcionaba como una “amnistía exprés” y permitía la legalización de flujos sin verificar su origen. Esto significa que, por el momento, dichas facilidades para ingresar al régimen con condiciones favorables y sin requisitos estrictos de comprobación quedan en pausa, a la espera de una resolución definitiva por parte de la Corte.

La iniciativa de ley fue promovida por varios actores vinculados al sector agropecuario y respaldada en el Congreso por el diputado Luis Aguirre, jefe de la bancada Cabal. Aguirre impulsó la iniciativa como un mecanismo para formalizar la actividad económica del sector primario y facilitar su incorporación al sistema tributario.

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