El caso presentado ante la CIDH en 2008 se dio cuando Álvaro Agustín Mejía, Juan del Cid Morales y Erik Donaire Constanza Bran viajaron de Guatemala hacia El Salvador para una reunión. En ese traslado, fueron interceptados por unos 30 agentes de la policía del país vecino.
“Estos los detuvieron sin orden judicial ni explicación, los trasladaron a un estacionamiento donde un agente de la Agencia de Administración de Control de Drogas (DEA) daba instrucciones y luego los llevaron en vehículos sin identificación hasta un aeropuerto con apariencia de base militar”, indica la CIDH en un comunicado.
Posteriormente, los guatemaltecos fueron subidos a un avión de la DEA y trasladados a Fort Lauderdale, Florida, donde se denunció que recibieron amenazas y malos tratos, además de que se les negó el contacto con sus familiares o con autoridades de Guatemala.
“Documentos de la Corte del Distrito de Columbia, de Estados Unidos, confirmaron que la operación fue coordinada entre la DEA y la policía salvadoreña. La Corte señaló que este traslado se enmarcó en el tratado de extradición entre ambos países. No obstante, el Estado salvadoreño afirmó no tener registros policiales o judiciales de la detención y la denuncia presentada en septiembre de 2006 por Silvia Marina Juárez de Del Cid por la privación de libertad no recibió respuesta”, señaló la CIDH.
La Comisión concluyó que la detención de estas personas se dio sin orden judicial ni situación de flagrancia. Además, se determinó que el Estado salvadoreño vulneró a las personas al no informar sobre los motivos de su detención.
Asimismo, la CIDH indicó que las víctimas no tuvieron acceso a un abogado, quedando en un estado de indefensión.
“La entrega de las víctimas a la DEA y su traslado inmediato a Estados Unidos no se realizó bajo un procedimiento de extradición legal, ya que no existió una decisión motivada ni un proceso judicial con garantías mínimas. Las víctimas no tuvieron oportunidad de ejercer su defensa ni de recurrir la medida ante una instancia superior”, indicaron.
Al presentar el caso ante la Corte IDH, se ha solicitado la reparación integral de las violaciones declaradas, lo que incluye medidas de compensación económica y de satisfacción. También, que se ordene brindar atención en salud física y mental para la rehabilitación de las víctimas, de manera concertada y únicamente si estas así lo solicitan.
Asimismo, se instruye iniciar o reabrir la investigación penal de forma diligente y en un plazo razonable, con el fin de esclarecer los hechos, identificar responsabilidades y sancionar a los responsables.
Otra de las medidas planteadas es la capacitación de autoridades y funcionarios en materia de debido proceso, garantías y protección judicial en los procedimientos de extradición, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.
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