El planteamiento fue hecho mediante un escrito amicus curiae presentado el 17 de noviembre de 2025, en el marco de la Opinión Consultiva solicitada por Guatemala el 6 de diciembre de 2024 sobre democracia y derechos humanos.
En esa solicitud, el Estado de Guatemala pidió a la Corte IDH determinar si los países están obligados a garantizar y promover la democracia como derecho humano protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos, y precisar su alcance.
Además, Guatemala también requirió aclaraciones sobre el nivel de protección del derecho humano a la democracia bajo la Convención, las consecuencias de una posible violación de ese derecho frente a otros derechos convencionales,
También se pidió establecer los estándares que los Estados deben cumplir para garantizar y promover la democracia y si la democracia es ejercida de forma individual o colectiva.
Libertad de expresión, asociación y reunión
La organización Robert F. Kennedy argumenta que el respeto pleno de la libertad de expresión, la asociación y la reunión pacífica constituye una condición previa y necesaria para el ejercicio efectivo de los derechos políticos. Según la organización, estos derechos crean el entorno necesario para la participación pública, el debate y la rendición de cuentas.
El escrito plantea que la Corte debe reconocer que el espacio cívico habilitado es un requisito para una verdadera democracia representativa, conforme a la Convención Americana.
La organización advirtió que en las Américas se están dando restricciones al espacio cívico –como la criminalización de periodistas y defensores de derechos humanos, la limitación de protestas pacíficas y los ataques a la sociedad civil independiente–, hechos los cuales aseguran debilitan las garantías democráticas y afectan el estado de derecho.
También sostienen que la Opinión Consultiva solicitada por Guatemala representa una oportunidad para que la Corte reafirme la interdependencia entre democracia y derechos humanos, que se fortalezca la protección del espacio cívico y que se oriente a los Estados sobre cómo garantizar la participación libre, el debate público y el ejercicio pleno de los derechos políticos.









