Foto: Carlos Alonzo
La resolución se emitió en audiencia de etapa intermedia, tras considerar que el Ministerio Público (MP) no presentó pruebas suficientes que permitieran iniciar un juicio en su contra por los delitos de abuso de autoridad y nombramientos ilegales.
La jueza argumentó que el acto conclusivo presentado por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) no reúne los requisitos establecidos en el artículo 332 del Código Procesal Penal, particularmente en cuanto a la “relación clara, precisa y circunstancial del hecho imponible” y la “calificación jurídica del hecho”. Domínguez concluyó que los medios de investigación aportados no permiten establecer la probabilidad de que Rabbé haya participado en los hechos denunciados.
Añadió que la acusación “no reúne su requisito legal” y que el señalamiento se basa en un error de interpretación de las funciones del entonces presidente del Congreso. En su resolución, señaló que “el MP incurre en error al reprochar actuaciones meramente administrativas cuando existen órganos administrativos encargados de la contratación de personal”.
La jueza enfatizó que la labor de Rabbé en su calidad de presidente del Congreso (del 14 de enero de 2015 al 14 de enero de 2016) fue de carácter “político-legislativo”, y que la contratación de personal en el renglón 022 no puede atribuirse directamente a su decisión.
“No obra ningún medio de investigación que permita establecer tales extremos”, señaló, en referencia a la falta de evidencia sobre su intervención directa en la designación de personal que no cumplía con los perfiles de puesto requeridos.
El MP había acusado a Rabbé de autorizar contrataciones de asesores sin los requisitos establecidos, incumpliendo el manual de perfiles de puestos del Congreso y afectando con ello los principios de legalidad, probidad e igualdad en la administración pública.
Con base en los artículos 328 y 332 del Código Procesal Penal, Claudette Domínguez resolvió decretar el sobreseimiento del proceso penal seguido en contra de Rabbé.
Tras finalizar la audiencia, en declaraciones a la prensa, Rabbé reafirmó su postura de que el caso en su contra fue parte de una persecución política impulsada por actores nacionales e internacionales. “No había ningún sustento legal para esta acusación espuria que hizo la CICIG, que hizo el MP de Thelma Aldana, que hizo el MP de Juan Francisco Sandoval, que hizo la CICIG de Claudia González”, dijo.
Recordó que en marzo de 2021 la Tercera Sala Regional del Noreste de México le reconoció la condición de refugiado político, lo cual según sus palabras confirma que fue un perseguido político desde su gestión como presidente del Congreso.
“Comprobaron que yo soy un perseguido político. Me persiguieron políticamente, porque yo era el estorbo en el Congreso en el año 2015 y en el año 2016”, afirmó. Asimismo, desestimó uno de los señalamientos del caso sobre una modificación presupuestaria, asegurando que el Congreso destinó Q20 millones como donativo por la tragedia del Cambray y no para pago de personal, como indicó la acusación.
Además, Rabbé anunció que emprenderá acciones legales contra exfuncionarios y exfiscales que lideraron las investigaciones en su contra. “Esto no puede quedar así. Voy a iniciar una denuncia en contra de Thelma Aldana, en contra de Juan Francisco Sandoval, en contra de Iván Velásquez, en contra de Claudia González, por toda esta persecución espuria, por toda esta persecución política que hicieron en mi contra”, externó.
Sobre el caso
El caso salió a la luz públicamente en abril de 2016, cuando la FECI a cargo de Juan Francisco Sandoval y la extinta Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), solicitaron antejuicio contra varios diputados, incluyendo a Luis Rabbé.
La investigación evidenció un esquema de corrupción dentro del Congreso de la República, en el cual se contrataron personas que no se presentaban a laborar, pero recibían salarios mensuales de entre Q15 mil y Q20 mil. Algunas de estas personas ni siquiera cumplían con los requisitos mínimos para ocupar los cargos asignados.
El caso involucró a diputados que integraban la Junta Directiva del Congreso entre 2014 y 2015, quienes fueron señalados por abuso de autoridad, peculado por sustracción y nombramientos ilegales. Sin embargo, en septiembre de 2022, la jueza Claudette Domínguez dictó el sobreseimiento a favor de 59 implicados, entre ellos exdiputados como César Fajardo, Julio César López Villatoro, Carlos Enrique López Girón, Carlos Herrera Quezada, Christian Boussinot, Arístides Crespo, Selvin García, Alexander Castillo, Juan Alcázar y Marcelino Chutá.
El MP apeló la resolución, pero tanto una Sala de Apelaciones como la Corte de Constitucionalidad (CC) confirmaron el cierre del proceso. El fallo definitivo fue emitido por la CC el 1 de agosto de 2024, ratificando que la jueza actuó conforme a derecho.
Luis Rabbé permaneció prófugo desde 2016, luego de que el Congreso aprobara su retiro del derecho de antejuicio. En julio de 2018 fue capturado en México, pero su extradición se prolongó por años. Poco después de que la CC diera por cerrado el caso, Rabbé regresó a Guatemala, específicamente el 8 de agosto de 2024, tras ser entregado por las autoridades mexicanas. El sobreseimiento a su favor ocurre casi un año después de su retorno.








