El 22 de diciembre del año pasado, el MEM publicó el reglamento general de la Ley de Alcohol Carburante, que establece el protocolo para la mezcla de etanol en las gasolinas que se suministran en el país. El documento indica que a partir del 30 de junio de 2026, las gasolinas incorporarán un diez por ciento en volumen de alcohol carburante. Esta normativa tiene como objetivo supuestamente mejorar la calidad del combustible y contribuir en la reducción de contaminantes.
La reciente circular publicada por el Mem establece varias acciones que las instalaciones de servicio deben realizar antes de que se aplique la mezcla E10 en junio de este año.
Entre ellas se encuentra:
- Realizar la limpieza de los tanques de almacenamiento de gasolinas.
- Verificar y asegurar la hermeticidad de tanques y tuberías conexas.
- Verificar que no existan tuberías, conexiones o componentes incompatibles con la mezcla E10.
- Diseñar e implementar programas de capacitación al personal operativo.
- Asegurar que contratistas y técnicos conozcan las prácticas correctas y tengan el equipo necesario para garantizar la hermeticidad de los sistemas de distribución de combustibles.
Asimismo se establece que posterior a la entrada en vigencia se deben realizar cambios de filtros cada 15 días y cumplir con el control y manejo de agua en tanques de almacenamiento de productos petroleros en estaciones de servicio.
El incumplimiento de dichas disposiciones según el Mem, será motivo para que la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) establezca sanciones a los propietarios y estaciones de servicio.
En un comunicado, la Asociación Guatemalteca de Expendedores de Gasolina (AGEG) indicó que analiza el contenido y alcance técnico que establecen las nuevas disposiciones y que oportunamente ampliarán las observaciones o recomendaciones a realizar a las autoridades.
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