La presidencia de Guatemala aún no realiza una solicitud por escrito a la CSJ para pedir la destitución del juez Orellana Letona. A pesar de esto, la Corte atendió la petición pública que hizo el mandatario Bernardo Arévalo, el pasado domingo 26 de octubre en cadena nacional.
Según el documento, el OJ continuará el procedimiento administrativo acatando los reglamentos establecidos por la ley de la Carrera Judicial y la Constitución Política de la República de Guatemala.
El comunicado resalta que los jueces permanecen en sus funciones durante periodos de cinco años y solo pueden ser removidos conforme lo establece la ley de la Carrera Judicial. Para ello, la destitución de un juez debe ser recomendada por dictámenes que emite la Junta de Disciplina Judicial y los traslada al Consejo de la Carrera Judicial para que, posteriormente, la remoción sea ejecutada por el pleno de magistrados de la CSJ.
El reglamento general de la Ley de la Carrera Judicial en su artículo 45 establece que las juntas de disciplina judicial “son los órganos disciplinarios encargados de conocer y juzgar las faltas que sean cometidas por los jueces y magistrados. Su actuación se llevará a cabo de forma independiente, imparcial y con transparencia”, cita la norma.
En su comunicación, la CSJ resaltó que el juez Orellana Letona goza del derecho de antejuicio, según el artículo 206 de la Constitución.
En el portal del OJ, el juzgador acumula 18 solicitudes de retiro de inmunidad desde el 2019, incluidas dos por el entonces presidente electo. Del total de solicitudes, 14 han sido rechazadas por la CSJ y cuatro se encuentran pendientes de conocerse.
La Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia informó que el equipo jurídico se encuentra preparando acciones legales para interponer en contra del juzgador. El pasado 27 de octubre, un grupo de diputados oficialistas denunciaron a Orellana Letona por sedición, abuso de autoridad y otros delitos.









