Congreso exonera del pago del ISR a quienes ganan el salario mínimo

El Congreso de la República aprobó el martes el Decreto 13-2026 que contiene reformas al Decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria, mediante el cual se determinó que los trabajadores que reciban el salario mínimo quedan exonerados del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). 

Denis Aguilar

abril 29, 2026 - Actualizado abril 29, 2026
Foto: Congreso

Con un total de 124 votos a favor, el Congreso aprobó las reformas a la Ley de Actualización Tributaria, bajo el argumento de que las personas que ganan el salario mínimo destinan esos recursos principalmente para cubrir los gastos contemplados en la canasta básica. 

El decreto reforma el inciso “A” del artículo 72 del Decreto 10-2012, que define la base imponible, es decir, el monto sobre el cual se calcula el ISR. Con el cambio, esta cantidad se actualizará automáticamente cada 1 de enero cuando el Organismo Ejecutivo modifique el salario mínimo. 

Además, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deberá publicar los nuevos valores en un plazo máximo de cinco días hábiles después de que se oficialice el salario mínimo para las distintas actividades económicas.

En el artículo 4 se establece que las personas que trabajan en relación de dependencia podrán descontar Q3 mil 024 adicionales del cálculo del ISR correspondiente al período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. 

Este monto se otorgará automáticamente, sin necesidad de presentar facturas u otros comprobantes, y será aplicado por el patrono al momento de calcular la renta anual proyectada del trabajador.

“Con esta normativa se restablece la equidad y coherencia del sistema tributario aplicable a los trabajadores en relación de dependencia frente a los efectos no previstos, derivados del reciente incremento al salario mínimo autorizado por el Organismo Ejecutivo”, indicó el Congreso en un comunicado. 

Además, indicaron que la exoneración del pago del ISR siempre tendrá vigencia, aunque el salario mínimo se incremente. 

Los dispuesto en el artículo 4 entrará en vigencia ocho días después de su publicación, mientras que los restantes artículos de las reformas entrarán en vigor el 1 de enero de 2027.

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