Al menos 80 maestros del STEG no dan clases amparados en el permiso sindical 

El Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG) mantiene una huelga que ha dejado sin clases a más de 300 mil estudiantes de unas 3 mil 500 escuelas públicas. En sus filas hay al menos 80 maestros que, al igual que Joviel Acevedo, se amparan en una licencia sindical para no presentarse a dar clases. 

Denis Aguilar

julio 30, 2025 - Actualizado julio 31, 2025

Con el argumento de exigir un “diálogo social” con el Ejecutivo y la aprobación de un pacto colectivo que incluya artículos que le dan potestades de un viceministro a Joviel Acevedo, el STEG ha sostenido una huelga que ha hecho perder, al 30 de julio, 47 días de clases.

Según datos del Ministerio de Educación (Mineduc), al menos 80 de los maestros que participan en la huelga cuentan con una licencia sindical con lo que se abstienen de acudir a sus lugares de trabajo para dar clases y pese a esto, siguen recibiendo un salario. 

Dentro de ese grupo de maestros que cuenta con un permiso para ausentarse de sus labores y ejercer únicamente actividades sindicales, está todo el Comité Ejecutivo Nacional, liderado por Joviel Acevedo, quien se ha ausentado de las aulas por más de 17 años. 

Estos son los maestros que integran el Comité Ejecutivo Nacional del STEG y cuentan con licencia sindical:

  • Joviel Acevedo Ayala, secretario general. 
  • Osvaldo Pérez Elías, secretario general adjunto a cargo de Asuntos Laborales, Gremiales e Indígenas.
  • José Lázaro Secay Sanúm, Secretario de Actas y Acuerdos. 
  • Rodrigo Eugenio Hernández Boche, Secretario de Organización. 
  • Hugo Ruben Gómez Gómez, Secretario de Finanzas. 
  • Joel Antonio López y López, Secretario de Relaciones Públicas. 
  • Arnulfo René Cano Aldana, Secretario de Asuntos Educativos y Formación Sindical. 
  • Sandra Carolina Méndez Duarte, Secretaria de la Mujer y Derechos Humanos.

Méndez Duarte forma parte del círculo de seguridad de Acevedo durante las movilizaciones del STEG y ha agredido a periodistas que han cubierto las protestas. 

Además, los otros sindicalistas del STEG que tienen permiso sindical son los miembros del Consejo Consultivo Nacional, integrado por Rosa Anabela Palacios, Francisco Chúa Lemus y Oto René Rivas Cobón. 

En este grupo con permiso para realizar las actividades sindicales, también están incluidos todos los miembros seccionales del STEG que están distribuidos en los 22 departamentos del país. 

El viceministro de Educación, Francisco Cabrera, indicó que no se puede saber con certeza por cuánto tiempo estas personas han tenido el permiso sindical. Sin embargo, a los 80 miembros del STEG dicho permiso se le otorgó este año.

Sin embargo, recientemente en un citación en el Congreso, Acevedo reconoció que tiene más de 17 años de no dar clases. 

Cabrera mencionó que, pese al levantamiento del campamento que el STEG mantenía en la Plaza de la Constitución, actualmente hay un poco menos de 3 mil centros educativos que permanecen cerrados.

Entre los 80 maestros y maestras del STEG que no dan clases en las escuelas en las que están asignados se incluye al secretario general del Sindicato Unidad Magisterial por el Cambio (SUMC), Jorge Augusto Navas Martínez; y también al secretario general del Sindicato de la Trabajadores de la Educación de Patzún (STEP), Natán Eliseo Chicol Mucía. 

El permiso sindical 

La resolución 224-2022, emitida por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social el 18 de marzo de 2022, es la que contiene la homologación del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo suscrito entre el Mineduc y el STEG durante el gobierno de Alejandro Giammattei. En este documento se establece que se concederán licencias sindicales con goce de salario a los afiliados al STEG. 

Así lo establece el artículo 17 del pacto colectivo, que además menciona que dichos permisos se otorgarán a tiempo completo a los miembros del Comité Ejecutivo Nacional. Esto también aplica para tres miembros de los Comités Ejecutivos Seccionales en cada departamento del país. 

Por el grado de “complejidad y representatividad”, se adicionaron a más miembros de los departamentos de Huehuetenango, Alta Verapaz, Petén, Quetzaltenango, Quiché y San Marcos. 

También se menciona que los miembros de los Comités Ejecutivos Adherentes podrán gozar de este permiso durante seis días mensuales. Además, se agregan 18 días más a cada Comité Ejecutivo de estos sindicatos.

Posibles abusos

Luis Linares, experto en temas laborales de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), señala que este tipo de privilegios para los sindicatos puede derivar en abusos, los cuales se incluyen en los pactos colectivos. 

“El Código de Trabajo establece mínimos (para permisos), pero los pactos colectivos que se negocian en el Estado incurren en abusos por la misma complacencia o complicidad de las autoridades”, señala Linares, añadiendo que al Estado no le ha importado ser “excesivamente concesivo”. 

Es por eso que estos permisos sindicales terminan concediéndose a más personas de un sindicato, como en el caso del STEG, que no solo benefician al Comité Ejecutivo Nacional, sino también a miembros seccionales en todo el país. 

“Se vuelve un abuso y después los trabajadores alegan derechos adquiridos, pero la responsabilidad es de los funcionarios que han hecho esas concesiones”, dice Linares. 

Linares sostiene que estos permisos otorgados a sindicalistas implican más gastos para el Estado, ya que además del pago a estas personas que están con este tipo de licencias, se debe pagar también a quienes los sustituyan en sus lugares de trabajo. 

“Se conceden demasiados beneficios en una forma que no reparan en el perjuicio que hay en cuanto a la prestación de los servicios. Tienen que nombrar a más personas y esto tiene un costo para la administración, porque debe cubrir a quienes están con permisos”, subraya Linares. 

El pacto colectivo supera al Código de Trabajo 

Si bien el Código de Trabajo no establece ni hace mención a permisos para actividades sindicales, sí aborda otras razones para el otorgamiento de permisos, tanto remunerados como no remunerados. 

En el caso del pacto colectivo vigente entre el Mineduc y el STEG, se otorgan licencias  por cinco días hábiles y con goce de sueldo por otras razones, como el fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual conviva.

También cinco días por el fallecimiento de un hijo, padre o madre, así como también por la muerte de los abuelos o suegros del trabajador. También se dan cinco días de licencia cuando la esposa o conviviente del trabajador tuviese un parto. 

Además, se otorgan seis días hábiles también por matrimonio y también tres días por el fallecimiento de un hermano del trabajador. También se contemplan cuatro días hábiles por hospitalización o intervención quirúrgica de algún familiar. 

Además, se otorgan asuetos y descansos por el aniversario del Mineduc, por Semana Santa, así como los días 24 y 31 de diciembre. 

A diferencia del pacto colectivo vigente del magisterio nacional, el Código de Trabajo otorga una licencia de tres días hábiles en caso de fallecimiento del cónyuge. Por nacimiento de un hijo son dos días y por contraer matrimonio son cinco días.

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