Foto: Carlos Alonzo
Según la resolución, se argumentó que la publicidad del expediente en este momento del proceso podría generar un “daño irreversible” tanto para la averiguación de la verdad como para la dignidad y los derechos de las personas investigadas.
A criterio del tribunal, el caso aún se encuentra en fase preparatoria y no hay certeza de que las acciones realizadas por los señalados configuren un delito. Por tanto, hacer públicos los detalles de la investigación podría alterar su curso o condicionar la percepción pública de los hechos.
La Sala también consideró que el caso involucra a exoperadores de justicia y personas que representaron a un organismo internacional con presencia en Guatemala, lo cual le otorga una dimensión mediática que podría influir indebidamente en la opinión pública o en la actuación de las autoridades judiciales.
En su análisis, la Sala calificó como legítimo y proporcional el uso de la figura de la reserva para garantizar el respeto al debido proceso, el principio de presunción de inocencia y la correcta conducción de la investigación penal.
Con base en esos argumentos, la Sala ordenó que todas las actuaciones procesales queden bajo confidencialidad, incluyendo las resoluciones, diligencias de investigación y futuras audiencias relacionadas con este caso.
Esta medida se produce luego de que el 2 de junio se giraran órdenes de captura contra los colombianos Iván Velásquez, actual embajador en el Vaticano y exministro de Defensa de Colombia, y Luz Adriana Camargo, fiscal general de ese país. Son acusados de asociación ilícita, obstrucción de justicia, tráfico de influencias y colusión en relación con su trabajo en la CICIG.
El fiscal Rafael Curruchiche, jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), anunció que se emitió una alerta a Interpol para su captura, pero estas fueron rechazadas por la misma. Estas acciones han sido criticadas por la comunidad internacional y otros exoperadores de justicia.
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