Los Cárteles y el freno a la Ley de Competencia

“En las naciones con economías de mercado maduras, los marcos legales y reguladores han sido edificados a lo largo de un siglo y medio, en respuesta a los problemas que planteó el capitalismo de mercado sin trabas”. Joseph Stiglitz, El malestar en la globalización.

Edgar Balsells Conde     mayo 1, 2024

Última actualización: abril 30, 2024 5:09 pm
Edgar Balsells Conde

De nuevo la Comisión de Economía del Congreso de la República procede a incorporar abundantes enmiendas a la iniciativa de ley de competencia conocida con el número 5074. Es sano que se discuta de nuevo, pero hay que enfocarse en las enmiendas destinadas a desdentar la ley y tener cuidado con las que incorporan cuerpos representativos que ya no debieran estar como designados del sector privado, de los colegios profesionales, universidades y demás. Se trata de temas especializados y no de feria de pujas e intereses.

Dicha comisión está compuesta principalmente por partidos conservadores, y afines al mundo de los negocios: CABAL, Valor, Unionismo, Todos, Viva y Creo. En reciente TikTok, defendiendo la misma,  e intentando apurar su aprobación y discusión final, el diputado del PARLACEN Carlos Barreda de VOS, mencionó incluso a que uno de los integrantes de tal comisión viene del ambiente de los grandes oligopolios energéticos de distribución de gas a hogares y empresas. Son sencillamente, tan sólo tres grandes empresas. Y como bien lo dice la teoría: mientras menos son, más posibilidad existe que se pongan de acuerdo,  y se repartan regiones y segmentos de mercado.

En tal comisión destaca la presencia de Alvaro Arzú Escobar, Felipe Alejos Lorenzana, entre otros, con importantes nexos empresariales, con grupos financieros, azucareros, droguerías distribuidoras de medicamentos, y las más importantes corporaciones y familias de la cúspide de la pirámide.

El presidente de tal Comisión, Jorge Ayala, informó que recibieron 93 propuestas de enmiendas a 56 artículos, y que las mismas serán analizadas con un cuadro comparativo. Argumentó que el título I de la iniciativa es el epicentro de la discusión. Mirémoslo entonces.

El mismo se refiere al Objeto y Disposiciones Generales. Prescribe que el ámbito de aplicación de la ley es de observancia general en toda la república y se aplica a todos los agentes económicos, se trate de personas individuales o jurídicas, entidades públicas o privadas, centralizadas o descentralizadas, autónomas o semiautónomas, con o sin fines de lucro que realicen actividades económicas o cualquier otra forma de participación en la actividad económica del país.

Conociendo a los conseguidores y lobistas del país, es parte de todo un deporte intentar excluirse de la mira de los futuros reguladores, aduciendo a autonomías, circunscripciones o sectores como el privilegiado de los bancos que ya cuenta con mecanismos regulatorios ad hoc, y debidamente controlados por una Junta Monetaria que ya conocen hasta la saciedad en sus comportamientos y formas de acción.

El titulo es tan extensivo que obliga a la burocracia de la justicia a estudiar economía, lo que es un ejercicio que les aterra. El artículo 5 manda a que los tribunales de justicia de cualquier jurisdicción también deben observar los principios y objeto de la presente ley, por lo que no podrán dictar resoluciones judiciales que impidan el libre acceso al mercado, prohibiendo o restringiendo en forma temporal o definitiva, el ingreso y comercialización de cualesquiera bienes o servicios en el territorio nacional, quedando exceptuados de tales resoluciones la protección de los intereses aduaneros y tributarios y otras razones del interés público debidamente justificadas.

Se tipifican además las prácticas anticompetitivas que son un golpe mortal a los carteles,  prohibiendo «Acordar, concertar, fijar o manipular precios, cargos, descuentos, honorarios, tarifas o tasas, en forma directa o indirecta, en la venta o compra de bienes o servicios, o cualquier otra condición de comercialización de los mismos». Sin ir más allá, con lo expuesto  entendemos muy bien las presiones de las familias de los poderosos monocultivos chapines, pues su lucro más allá de lo normal viene de la cartelización de la economía.

Invito a los y las lectoras a leer el interesante libro de Raúl Olmos: El saqueo corporativo. Olmos es un periodista mexicano, especializado en investigar redes de corrupción. ¿y qué tiene que ver la corrupción con la monopolización y cartelización de la economía?, pues mucho. En sus investigaciones desfilan las droguerías de medicamentos y las estafas al seguro social, las manipulaciones de Oderbecht y las constructoras, los monopolios corporativos energéticos, del transporte, y su presencia en México a pesar de la existencia de una poderosa y bien ponderada Comisión Federal de la Competencia, con un consejo directivo tan bien remunerado, que ha hecho estallar críticas sobre los privilegios de tal burocracia, tema sobre el que estoy muy de acuerdo que se impongan cuidadosas normas sobre todo, cuando se aplaude la diz que «Autonomía» de tales cuerpos reguladores.

Olmos muy bien nos describe el comportamiento de los cárteles empresariales, y sus artimañas corporativas para acaparar el mercado. Y hablando de el cártel de los pollos, Olmos nos señala que la colusión es una forma de corrupción empresarial que suele afectar directamente a los consumidores. Y refiriéndonos al título I de la comentada iniciativa, Olmos bien nos señala que los acuerdos entre competidores para fijar precios son calificados por las autoridades regulatorias como una práctica monopólica absoluta, que es sancionada por la ley mexicana.

En 2008-2009 la comisión reguladora de nuestro vecino del norte sancionó a Pilgrim´s Pride y Tyson, dos de las mayores corporaciones internacionales de la industria avícola, que en presunta complicidad con productores nacionales, encarecieron el pollo en un 32%. La acusación, completada en 2013 impuso una sanción de 130 millones de pesos por «prácticas monopólicas» Pero al igual que lo sucedido con el cártel de las medicinas, afirma Olmos, «las empresas señaladas impugnaron la sanción y pasaron los años sin que las autoridades pudieran aplicar un castigo». Resulta ser que, en sus investigaciones, los reguladores establecieron que la empresa Tyson había llegado incluso a sobornar a esposas de funcionarios.

Con esta ley vemos los avatares que enfrenta una oleada de democratización y modernización que se muestra con ciertas intenciones, pero con graves frenos de los conocidos operadores de la clase política y sus cuartos de al lado, en donde corren afluentes y correntadas de dinero e intereses corporativos. Bienvenidas las propuestas hechas con lógica, como es el caso de limitar poblar un directorio corporativo. Además, tener un celoso cuidado de la proveniencia y colocación posterior de los directores, y cosas por el estilo. Pero conservar el origen primigenio de la iniciativa, configurada con estándares internacionales.

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