¡Las decisiones arbitrarias y contrarias a la ley, pueden y deben ser detenidas!

Mariana Rohrmoser     julio 2, 2024

Última actualización: julio 1, 2024 6:56 pm
Mariana Rohrmoser

La semana pasada la Corte de Constitucionalidad (CC), seguida por la Contraloría General de Cuentas (CGC) decidieron, en apariencia de forma coordinada y con dotes de arbitrariedad, que mucha de su información se clasificaría como reservada.

Ambas instituciones emitieron sus respectivas resoluciones: 01-2024 por parte de la CC y la A-068-2024 por parte de la CGC, mismas que determinaban la intención de no compartir con la ciudadanía, información que ellos argumentaron ser sensible, reservada y secreta.

Estas decisiones son consideradas absolutamente contrarias a derecho y resultan ilógicas e incomprensibles, sobre todo para el caso de la CGC, una institución que está precisamente llamada a investigar y auditar, así como a ejercer control y fiscalizar el gasto público y las inversiones del Estado, garantizando que esto, se haga con transparencia.

El haber resuelto vedar información pública, resulta un acto atroz, dictatorial y  antidemocrático para con sus mandatos constitucionales y leyes conexas.

Retomando el pasado, respecto al tema de la información pública, en 1985, se dio vida a la Constitución Política de la República de Guatemala y en su artículo 30 preservó la publicidad de los actos y documentos del Estado, haciendo prevalecer los derechos y principios enfocados a proveer de transparencia a las acciones del mismo.

La posibilidad de fiscalizar las compras y demás actos gubernamentales, haciendo que la información fuera totalmente pública, salvo claras y específicas excepciones, detalladas en la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), constituyó una garantía a la democracia.

Por si esto fuera poco, la reserva de esta información por parte de estas dos instituciones, no sería por un tiempo limitado y corto, nada más y nada menos que por siete años, lo cual se concibe como un hecho inaudito e injustificable, pues sobrepasa el tiempo que estos funcionarios estarán en el ejercicio de sus cargos.

Para el caso de los magistrados de la CC, los mismos dejarán sus puestos en el año 2026, es decir en dos años. ¿Por qué ocultar la información por siete?

¿Cuál sería el objetivo de reservar una información que debe ser totalmente pública y encima de todo por tanto tiempo?

¿Sería esto parte de una estrategia que pretende ocultar información valiosa que obstaculice investigaciones y preserve impunidad?

¡Juzgue usted!

Estas decisiones afectan a toda la población y con especial énfasis a los periodistas, quienes investigan diversos hechos para mantener a la población informada de los procesos de compras, informes jurídicos, opiniones, dictámenes técnicos, denuncias, procesos de fiscalización, nombramientos, contratos, auditorias y un largo etcétera.

Respecto al caso de la CC se reserva información relativa a la compra de vehículos y la contratación de personal de seguridad, asignados a cada magistrado, así como la adquisición de armas y equipo, pretendiendo ampararse en el artículo 23, numeral 4 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), lo cual resulta totalmente absurdo y sin sentido, ya que el espíritu de esta disposición legal, es resguardar condiciones necesarias para la aplicación de la justicia.

En esencia la LAIP hace referencia a las únicas causas en que una información puede ser considerada reservada, siendo estas: asuntos de interés y seguridad nacional, temas militares para el caso de la soberanía, temas diplomáticos relativos a las relaciones de Guatemala con otros países, derechos conexos con la Ley de la Niñez y Adolescencia, entre otros.

¿Qué información relativa a justicia, hechos de interés nacional y demás situaciones claramente enlistadas en el artículo antes citado, tiene que resguardarse y mantenerse en reserva, para el caso de los magistrados de la CC?

Pretender ocultar información de compra de armas, vehículos y contratación de personal para su cuidado, por supuestas amenazas y ataques, no encaja en ninguna de las literales de aquel artículo y mucho menos se especifica el daño que pueda derivarse de exponer tal información, por lo que se hace evidente el abuso y la arbitrariedad de estas disposiciones.

Toda compra y servicio que se adquiere con dinero del Estado, para uso de funcionarios que están al servicio del pueblo, debe ser declarado como información accesible a todo ciudadano, por lo que no existe razón alguna, para que el contralor y los magistrados de la CC, pretendan tomar estas decisiones tan absurdas y en total contravención a las leyes del país.

Al haberse hecho públicas estas ilegales resoluciones, se hizo imperioso alertar a la ciudadanía de las graves consecuencias que esto implicaría y sin mucho esperar, se hicieron escuchar  pronunciamientos que denunciaban estas anomalías, por parte de autoridades como el presidente de la República, el director ejecutivo de la Comisión Nacional contra la Corrupción (CNC) y agrupaciones y tanques de pensamiento como el Frente Ciudadano contra la Corrupción ( FCCC), quienes en forma clara y enfática, advirtieron el abuso e ilegalidad de dichas resoluciones, las cuales de no ser revertidas, tendrían grandes consecuencias.

Como consecuencia de lo anterior, al día siguiente de dichos pronunciamientos, la CGN dio marcha atrás a sus decisiones, dejando sin efecto la resolución que pretendía ocultar toda esa información muy relevante para el país.

Sin embargo, la CC sigue en pie con su errada e ilegal postura, para lo cual, será imperativo tomar contundentes acciones, para evitar que dicha institución siga adelante con esta postura, que atenta contra la libertad de acceso a la información pública y los derechos de los ciudadanos.

Para concluir, haría dos claras observaciones: a) No pretender verle la cara de idiota e ignorante a la población, por parte de estas instituciones públicas, mal usando su autoridad y las leyes del país, para ocultar información que nos pertenece y que quizá con el ánimo de preservar impunidad, pretendían reservarse; y b) Notar la eficacia que se tiene, cuando las autoridades actúan con prontitud, en forma enérgica y con determinación, en alianza con principales actores, como lo es la ciudadanía, representada en todos sus sectores, para defender los derechos de ésta y la democracia.

Hoy la Contraloría General de Cuentas realiza aproximadamente 60 auditorías a distintas instituciones, por lo que es de suma importancia, estar informados y atentos respecto a ellas, para saber si el trabajo que se realiza, se cumple con transparencia.

Tengamos muy presente que una ciudadanía bien informada y la cual trabaja en equipo y junto a sus autoridades, podrá lograr cambios rápidos y sustanciales en beneficio del país.

La pregunta obligada ahora es: ¿y la Corte de Constitucionalidad?

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