Existen temas que no por complicados dejan de ser importantes. Muchos de estos atañen a la vida institucional, dado que todos ellos se tejen a través de la historia. Comprender los orígenes de una institución ayuda a que encontremos sus alcances y límites.
En nuestra época se suele pensar que los tribunales constitucionales deciden las controversias legales y políticas que surgen en el Estado. Muchos piensan que las cosas son así y punto. Sin embargo, la misma institución de los tribunales constitucionales no está desprovista de controversias. Este tópico surge en las primeras décadas de existencia de los Estados Unidos cuando el juez John Marshall estableció en 1803 el control judicial de constitucionalidad con el caso Madbury v. Madison. Inmediatamente, su pariente lejano y rival, Thomas Jefferson reparó en el peligro de que la Constitución se convirtiera en un trozo de cera que podría modelarse según la voluntad de los jueces.
El hecho de señalar este tópico ayuda a desarraigar la creencia de que la Corte de Constitucionalidad es una especie de “corte celestial”. Por esta razón, es necesario ser críticos respecto al papel que debe jugar la Corte de Constitucionalidad en la vida política de nuestro país. Al final, la actual Corte de Constitucionalidad se nutre de la corrupción estructural que ahoga a la sociedad guatemalteca. Por esta razón, es conveniente recordar la advertencia de Jefferson y reconocer que los tribunales constitucionales tienen pies de barro.
Las cortes constitucionales no son los últimos custodios de la Constitución dado que este atributo descansa fundamentalmente en el pueblo. ¿Cómo lo sabemos? La Constitución es un pacto de ciudadanía, una especie de contrato el cual regula la vida social bajo la aceptación de ciertos valores morales y derechos fundamentales. Pero los ciudadanos son seres morales, por lo tanto, todos tenemos la posibilidad de comprender e interpretar la Constitución y, desde luego, saber cuándo esta se ve manipulada. Por razones como esta, el constitucionalista Mark Tushnet recomendó quitar a la Constitución de las manos de los jueces.
Se puede decir, desde luego, que debe haber un organismo que supervise el respeto a la Constitución. Sin embargo, la premisa sobre la que descansa esta creencia es que los miembros de dicho tribunal no solo deben tener un conocimiento especializado, sino también deben actuar con la mayor integridad y honorabilidad posibles. Pero, ¿qué sucede cuando los miembros de este organismo responden exclusivamente a los intereses evidentes, pero inconfesables, de los grupos que fomentan la corrupción? La pregunta cae de suyo, ¿debemos quedarnos de brazos cruzados ante la forma tan irresponsable con la que el actual tribunal constitucional guatemalteco protege el sistema de corrupción?
Así las cosas, el pueblo no tiene por qué bajar la cabeza ante las decisiones de la Corte de Constitucionalidad. Toda decisión judicial debe ser justificada de manera exhaustiva y en casos que van contra el anhelo de justicia no suelen ser muy sólidas. Es muy difícil justificar lo que va contra todo sentido de racionalidad y, cuando se llega a un límite de arbitrariedad, no tenemos la más mínima razón de obedecer. El artículo 45 de la actual Constitución dice que “Es legítima la resistencia del pueblo para la protección y defensa de los derechos y garantías consignados en la Constitución”.
Escribo esto porque el actual esfuerzo gubernamental de desmantelar las estructuras de la corrupción encabezada por Consuelo Porras está siendo obstruido por la actual Corte de Constitucionalidad. Los recursos legales van a ser usados por “jueces” que han irrespetado la Constitución desde siempre, especialmente por su vinculación a grupos de la corrupción organizada. Ellos son los responsables de que esta situación se complicara.
Pueden hablar de irretroactividad, manifestando una preocupación simulada por el tema, aunque no hayan leído investigaciones recientes acerca de ese asunto. Ojalá que pudieran guiarse por una lectura consistente de la Constitución. Peor aún, quizás no sepan ni de los juicios de Nüremberg. No son juristas, utilizan la ley, pero no la estudian, no reflexionan. Dice el constitucionalista Gustavo Zagrebelsky, ex juez constitucional italiano, que el espíritu del nuevo constitucionalismo no ha entrado en el ambiente de los juristas. Cuanto más en esta corte.
Ante cada arbitrariedad o simulación de la Corte de Constitucionalidad el pueblo debe responder manifestando su descontento en todos los contextos de la vida diaria. El pueblo está cansado de tanta desvergüenza y los corruptos lo saben. Así que esta Corte de Constitucionalidad debe ser desobedecida.
Nuestra sociedad debe reconocer que su lucha se basa en valores constitucionales, que se encuentran siempre bajo su tutela. La administración de la ley no puede estar en manos de aquellos que pisotean el mismo sentido del derecho.
El pueblo que, con el apoyo de la comunidad internacional, hizo posible el ascenso del nuevo gobierno debe renovar su compromiso con la democracia constitucional, aun con sus evidentes imperfecciones. El orden de los corruptos es rechazado por el pueblo y visto con desprecio y desconfianza en todo el mundo. Vienen tiempos muy complejos y no podemos darnos el lujo de seguir siendo dominados por personas que han perdido todo sentido de decoro y de respeto. El primer paso es la destitución de Consuelo Porras.
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