Criterios técnicos y presupuesto público

Hugo Maul R.

junio 17, 2024 - Actualizado junio 16, 2024
Hugo Maul R.

Oportuna resulta la repentina toma de conciencia de algunos diputados sobre la importancia que reviste fiscalizar la fundamentación técnica del gasto público. Sobre todo, después de un prolongado período de amnesia generalizada dentro del Congreso acerca de esta importante función. Salvo contadas excepciones, la mayoría de diputados en las últimas legislaturas han guardado sospechoso silencio respecto de esta labor fiscalizadora. Para muestra un botón: un ilustre medio impreso que siempre se destacó por su lucha contra la corrupción, denunciaba en un editorial de marzo de 2022 que  “el recién aprobado Decreto 21-2022, mal llamado Ley para Fortalecer el Mantenimiento y Construcción de Infraestructura Estratégica, es la más patética muestra de la incapacidad de los entes públicos encargados de la planificación pública , SEGEPLAN, y presupuestación pública, MINFIN por medio de la Dirección Técnica del Presupuesto -DTP-, o bien dell total y servil sometimiento de sus mandatos técnicos a los veleidosos deseos de la alianza oficialista en el Congreso”.  Cómo mínimo, resulta  llamativo el brusco giro en las prioridades de algunos de los diputados que despreocupadamente avalaron con su voto el referido decreto y que ahora demandan, correctamente, la estricta fundamentación técnica de la ampliación presupuestaria por el nuevo gobierno.

Ahora bien, si este inesperado episodio de responsabilidad e ilustración no es una mera pantomima,  un mínimo de congruencia en sus actos demandaría que indagaran con el mismo ahínco y fiereza los fundamentos técnicos detrás del mencionado decreto y, en general, de los presupuestos públicos que se han ejecutado en el pasado reciente. Función que encajaría perfectamente en lo que establece la Constitución de la República, Artículo 241, acerca de la responsabilidad que tiene el Congreso de aprobar o improbar la liquidación presupuestaria. Aunque no tuviera consecuencia financiera o jurídica alguna, ya que la aprobación o improbación de la liquidación presupuestaria anual ha quedado en el olvido, al menos de manera extemporánea podrían estos diputados cumplir de manera simbólica con tal obligación constitucional. Podrían así descubrir por propia mano las aberraciones técnicas detrás de la forma en que se ha planificado, presupuestado, ejecutado y fiscalizado el presupuesto público en Guatemala. Especialmente, la fundamentación técnica de los proyectos contenidos en el referido decreto de 2022 y sus demás derivaciones ese mismo año. Proyectos que en su momento se vendieron como estratégicos y prioritarios y que, ahora se conoce bien la verdad detrás de muchos de ellos.

Dada la crisis que el país vive en materia de infraestructura y la urgente necesidad de desarrollar proyectos verdaderamente prioritarios y estratégicos, bien haría el Congreso en encarar este reto con seriedad y solvencia técnica. Sobre todo, como bien lo decía el editorial del extinto medio impreso, reconociendo que “la infinidad de requisitos, papeleos, aprobaciones, dictámenes y demás parafernalia burocrática que conlleva la planificación y presupuestación de gastos dentro del sector público son meros requisitos de forma, vacíos de contenido real”. Puro Cumplo-y-Miento. Cumplir por cumplir. Proyectos que llenan todos los requisitos que la ley impone, pero que no sirven para nada. No cumplen ninguna función social o económica importante. Al menos, no para la población a las que se supone deberían beneficiar.

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