CC suspende monitoreo a medios de comunicación en reformas a la creación de Codisra

La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió provisionalmente el monitoreo a medios de comunicación que se había establecido en el Acuerdo Gubernativo 189-2024, el cual reforma la creación de la Comisión Presidencial Contra la Discriminación y el Racismo Contra los Pueblos Indígenas en Guatemala (Codisra). 

Denis Aguilar

diciembre 19, 2024 - Actualizado diciembre 19, 2024
Foto: Archivo

Esto se dio luego de una acción parcial inconstitucional presentada por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG) en contra del artículo 1 del Acuerdo Gubernativo. 

El Acuerdo 189-2024, publicado el pasado 22 de noviembre, modificó el Acuerdo 390-2002, mediante el cual se estableció la creación de la Codisra. 

Este nuevo acuerdo emitido en noviembre por el presidente Bernardo Arévalo, establecía el monitoreo a medios de comunicación por actos que podrían catalogarse como discriminatorios. 

Sin embargo, la APG condenó la nueva normativa, asegurando que podría tratarse de una mordaza en contra del ejercicio periodístico y que también atentaba contra la libre emisión del pensamiento. 

La APG había indicado que dicha reforma podría “convertirse en un instrumento para coartar la libertad de expresión y la libre emisión del pensamiento”.

El artículo 1 en su literal L, establecía “monitorear medios de comunicación para denunciar casos de discriminación y racismo contra los pueblos indígenas”.

Pero la APG accionó parcialmente contra esa frase del Acuerdo Gubernativo y la CC les dio la razón, decretando la suspensión provisional.

La APG afirmó que el tema de las políticas públicas ya existe en la acuerdo de creación de la Codirsa y que el tema de monitoreo a los medios de comunicación estaba de más.

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