Tras un amparo interpuesto por el Ministerio Público (MP), por medio de la Fiscalía contra el Delito de Femicidio, la CC revocó la decisión del juez Pedro Laynez, quien cambió la acusación inicial de homicidio a homicidio culposo y encubrimiento, permitiendo a los señalados optar por procedimientos abreviados y penas conmutables.
Con esta decisión, queda en suspenso la condena impuesta por el juzgador tras la aceptación de cargos y se debe mantener la calificación jurídica original del MP. Inicialmente, la Fiscalía señalaba a Malouf Sierra y a Moreira como autores y a la enfermera Rojas como cómplice.
Los magistrados Nester Vásquez, Leyla Lemus, Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa y Héctor Pérez Aguilera aprobaron la resolución, dando un nuevo giro al proceso penal.
El pasado 5 de marzo de 2025, el juez Pedro Laynez dictó sentencia en el caso de Floridalma Roque, otorgando penas mínimas a los acusados. El cirujano plástico Malouf fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión por homicidio culposo, con la posibilidad de conmutar la pena a razón de Q5 diarios, lo que equivale a una multa de aproximadamente Q6 mil. Lydia Silva y Susana Rojas, colaboradoras de Malouf, también recibieron condenas reducidas y opciones de conmutación.
Este fallo generó indignación entre los familiares de la víctima. José Roque, hijo de Floridalma, calificó la sentencia como injusta y una revictimización, considerando que las pruebas presentadas demostraron negligencia grave por parte de Malouf.