Hay que insistir en el artículo uno de la Constitución Política de la República de Guatemala: El Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, y su fin supremo es lograr el bien común. En otras palabras, la dignidad humana es prioritaria, y como en este caso, también los derechos laborales de los trabajadores guatemaltecos en el exterior. Mi agradecimiento nuevamente para Luis Eduardo Luna Cifuentes, este joven funcionario público que me sorprendió gratamente.
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