Tres inconstitucionalidades buscan bloquear la Ley de Extinción de Dominio

La Corte de Constitucionalidad (CC) estaba lista para resolver las tres acciones legales, pero el tema fue pospuesto luego de una publicación de eP Investiga.

Redacción

mayo 14, 2024 - Actualizado mayo 14, 2024

Ricardo Méndez Ruiz, representante de la Fundación Contra el Terrorismo (FCT); José Carlos Pomés Timeus, presidente de la organización civil Liga Pro-Patria; y el abogado Luis Arturo González Motta, quien fungió como asesor de Todos en el Organismo Legislativo, presentaron ante la CC tres inconstitucionalidades que buscan la anulación de la Ley de Extinción de Dominio (LED).

El primer expediente lo interpuso González Motta, quien entonces era asesor de Boris España y también fue defensor de Felipe Alejos en el caso Traficantes de influencias. El expediente presentado por el jurista es el 7218-2021.

Méndez Ruiz, director de la FCT, planteó la inconstitucionalidad en octubre de 2022, el expediente fue identificado como 6935-2022; mientras que a Pomés Timeus, de la Liga Pro-Patria, le asignaron el expediente 5793-2022.

Los tres buscan que la CC modifique varios artículos de la LED, entre ellos el artículo 3, referente a la aplicación de esa normativa: “Las disposiciones contenidas en la presente Ley se aplicarán y se interpretarán de preferencia sobre las contenidas en cualquiera otra ley», cita la LED.

Las inconstitucionalidades también buscan anular el artículo 4, que se refiere a 12 causales que aplicará el Estado para extinguir bienes de procedencia ilícita a personas vinculadas al crimen organizado.

Además, la acción legal de Pomés Timeus pide declarar inconstitucional el artículo 22 de la LED, referente a que las medidas cautelares pueden ser ordenadas por el Fiscal General o el agente fiscal designado y, posteriormente, confirmadas por un juez en un plazo de 24 horas.

“Se denuncia que en la violación de este artículo se infringe la garantía de exclusividad de la función jurisdiccional y la prohibición constitucional de que ninguna otra autoridad podrá intervenir en la administración de justicia”, refiere la inconstitucionalidad.

También se alega que el artículo 22 de la LED contradice el artículo 41 de la Constitución, referente a la prohibición de confiscar bienes.

Méndez Ruiz pide que se declare inconstitucional la frase: “La suspensión de los derechos de la propiedad o accesorios, cualquiera sea su forma”. Además, señala que la normativa viola el derecho de defensa de los bienes.

El pasado 8 de abril, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) notificó el traslado del juez de Extinción de Dominio Marco Antonio Villeda a otra judicatura. Villeda dirigió ese juzgado desde 2012 y le ordenó la extinción de bienes de personas vinculadas a casos de corrupción y crimen organizado.

Análisis

Juan Francisco Sandoval, exjefe de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI) del Ministerio Público (MP) asegura que las acciones planteadas buscan terminar de sepultar los esfuerzos que atacaban directamente al crimen organizado. 

“Dicen que viola la propiedad privada, pero si al adquirir un bien se hizo en forma ilegal, es nulo ab initio, es decir, no se perfeccionó la propiedad, porque para que se perfeccione la propiedad debe ser legal, de buena fe. Por eso se llama extinción de dominio, no extinción de propiedad. La propiedad nunca se perfeccionó”, explica Sandoval.

Marco Antonio Canteo, abogado experto en política criminal y criminalidad económica organizada, considera que el objetivo de las tres acciones planteadas por esas organizaciones “es dejarla sin sustancia y es dejar al Estado sin una de las herramientas básicas para luchar contra la criminalidad económica organizada, que no es solo el narcotráfico, como muchos quieren hacer ver”.

Según Canteo lo que intentan con estas acciones es “equiparar el proceso de extinción de dominio con el penal, cuando son dos distintos”.

Canteo añade que desde que lleva aplicándose la LED, la mayoría de extinciones realizadas contra el crimen organizado han sido, prácticamente, sin mayor oposición de los sindicados.

“Bienes indefensos”

Méndez Ruiz, director de la FCT, sostiene que presentó la inconstitucionalidad porque considera que la LED viola el principio de presunción de inocencia de los bienes. 

«Los bienes que se extinguen por medio de la Fiscalía y el juzgado de extinción de dominio, son juzgados como bienes, sin que puedan defenderse”, dijo Méndez Ruiz.

“Están juzgando objetos sin que estos se puedan defender. Eso es lo que nosotros solicitamos en esta inconstitucionalidad general parcial”, agrega.

Méndez Ruiz aseguró que no están pidiendo que se derogue la ley, sino “que se modifique de tal forma que se respeten los derechos de los sindicados”.

Ponencia sería presentada

El pleno de magistrados de la CC se reunió el pasado 9 de abril para conocer los expedientes acumulados 7218-2021, 5793-2022 y 6935-2022.

Fuentes de ese alto tribunal confirmaron a eP Investiga que el ponente Héctor Hugo Pérez Aguilera habría propuesto que se declaren con lugar parcialmente las acciones, sin embargo, en el pleno no hubo un acuerdo y cerraron la sesión sin decidir nada al respecto.

Algunos magistrados consideraron que el tema es complejo y requiere de más análisis, según las fuentes.

La Corte de Constitucionalidad ya tiene en sus manos una ponencia del magistrado Héctor Pérez Aguilera para resolver el expediente contra la LED.

Ley contra el crimen organizado

La LED fue aprobada por el Congreso de la República el 7 de diciembre de 2010. En la sesión plenaria, la LED obtuvo su aprobación con los 112 votos a favor de los legisladores que estuvieron presentes.

El objetivo de la legislación es que los bienes incautados al narcotráfico, crimen organizado y demás estructuras ilícitas pasen a propiedad del Estado para reutilizarlos. Entre los bienes que han sido confiscados se encuentran vehículos, viviendas, armas y dinero.

La normativa entró en vigor en junio de 2011. La comunidad internacional apoyó esta legislación, que es similar a otras que existen en Colombia y México, y cuyo fin es luchar contra el crimen organizado y el narcotráfico.

Etiquetas:

Todos los derechos reservados © eP Investiga 2024

Inicia Sesión con tu Usuario y Contraseña

¿Olvidó sus datos?