SegĆŗn la Constitución de la Republica, los Gobernadores son nombrados por el Presidente y le representan en los Departamentos. Originalmente era una nominación directa, basada en las calidades del candidato. Luego se le incorporó que podrĆa seleccionarlos entre ternas que le proponen ārepresentantes no estatales del Consejo Departamental de Desarrollo Urbano y Rural respectivoā. Yā¦
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