Sí, urge la ley de aguas para la inversión y creación de nuevos mercados

Para garantizar el acceso equitativo al agua y su gestión sostenible se necesita más que una simple declaración de principios. Es necesario que empecemos a pensar el diseño de instituciones y marcos regulatorios que estructuren y orienten la manera en que este recurso es administrado.

José Luis Moreira     septiembre 1, 2024

Última actualización: agosto 31, 2024 3:40 pm

Ah, la ley de aguas. ¡Qué gran reto intelectual será para esa gente que concibe la administración de los recursos como una dicotomía maniquea entre lo privado y lo estatal!

Imposible no evocar las clases de economía básica de pregrado: el agua es un bien rival no excluyente, y como tal, necesita ordenamientos institucionales especiales para una adecuada administración de este recurso común, asegurando suministro a todos y de manera equitativa. Muchas culturas distintas han podido desarrollar, incluso desde antes de tiempos modernos, mecanismos apropiados de administración colectiva. Hoy, ante la evidente alteración de las dinámicas del agua producto del cambio climático, y reconociendo su papel insustituible en la salud, la agricultura, la industria y el medio ambiente, es impostergable el desarrollo e implementación de mecanismos modernos de gobierno y administración del recurso público. Porque sí, el agua sólo puede ser un recurso común y no otra cosa.

Y por su esencia de recurso público es que en Guatemala ha sido tan difícil no solo entender la necesidad de un ordenamiento institucional específico (y el cultivo de la capacidad tecnocrática que viabilice su realidad política), sino también la lucha contra grupos de interés que tienen una concepción tan predatoria y extractiva del líquido vital, y que hoy lucran bajo la ley de la selva y se escudan en la infinita anarquía. 

Pero para garantizar el acceso equitativo al agua y su gestión sostenible se necesita más que una simple declaración de principios o meter un amparo. Es necesario que empecemos ya a pensar el diseño de instituciones y marcos regulatorios que estructuren y orienten la manera en que este recurso es administrado. Aquí es donde entra en juego la iniciativa del gobierno en impulsar una Ley de Aguas, que no solo debería buscar proteger este recurso esencial, sino que también el gobierno debería aprovechar la oportunidad para la habilitación de nuevos espacios de inversión y la creación de nuevos mercados. Un mantra frecuente de epistemología económica de su servidor: los mercados sofisticados de la modernidad siempre se diseñan, y no se generan de órdenes espontáneos.

La habilitación de nuevos espacios de inversión proviene del hecho que, al buscar proteger el suministro del agua, los nuevos marcos institucionales del agua permitirán la creación de derechos de uso sobre este recurso público con certeza jurídica, si se me permite el cliché que tanto se lee en los periódicos. Estos derechos, creados y protegidos por este marco legal, serían la base de la bancabilidad de inversiones que, por ejemplo, construyan nueva infraestructura ampliando el suministro, mejorando la distribución y protegiendo los efluentes de la contaminación. 

Porque, contrario al pensamiento rudimentario y cavernícola del conservadurismo chapín, certeza jurídica no es “te protejo el privilegio de que extraigas el recurso como se te dé la gana”, certeza jurídica es saber cómo puedo obtener el derecho de extraer un recurso, qué puedo extraer, dónde, el volumen, por cuánto tiempo, quién me reconoce y protege este derecho, cómo obtengo consentimiento de las comunidades colindantes, dónde resuelvo disputas, cuánto debo pagar al Estado por este recurso, cuánto me van a pagar, quién me va a pagar, cómo me van a pagar. Esto es bancabilidad. Y estas son las preguntas cuya respuesta es imperativa para el análisis de riesgo e inversión de proveedores internacionales de capital, tanto en forma de deuda como en participaciones accionarias. Una vez más, el lucro producto de la anarquía extractiva privilegiada por el conservadurismo chapín solo puede ser gozada por vividores de privilegios locales sin escrúpulos. 

Los derechos reconocidos por una Ley de Aguas pueden adoptar diversas formas, desde derechos de uso hasta derechos sobre la infraestructura hídrica. Por ejemplo, un derecho de uso del agua, claramente definido y registrado, puede ser utilizado como recurso ancla y garantía para obtener financiamiento permitiendo el apalancamiento de las inversiones. Del mismo modo, los derechos sobre la operación de infraestructuras críticas, como plantas de tratamiento de agua o sistemas de distribución, se convierten en derechos que permiten esquemas de inversión privada para la construcción o mantenimiento de la infraestructura, a través de concesiones o alianzas público-privadas.

Además, la ley puede permitir la creación de mecanismos de mercado que promuevan la eficiencia en la gestión del agua. La posibilidad de intercambiar o transferir derechos de agua en un mercado regulado permite que el recurso sea utilizado donde tiene mayor valor, incentivando un uso más eficiente y sostenible. Estos mercados, regulados por una Ley de Aguas, aseguran que el acceso y la distribución del agua se realicen de manera justa y equitativa, evitando prácticas abusivas de las cuales todos tenemos conocimiento o uso indebido del recurso.

Una Ley de Aguas agua también puede establecer derechos ambientales, como los vinculados a la conservación de cuencas hidrográficas. Estos derechos, al ser reconocidos legalmente, pueden ser integrados en esquemas de pago por servicios ambientales, creando un mercado donde los usuarios del agua o los beneficiarios de servicios ecosistémicos compensan a aquellos que trabajan para conservar estos recursos. Esto no solo garantiza la protección de los ecosistemas, sino que también crea flujos de ingresos que pueden ser utilizados para financiar proyectos de conservación y gestión del agua. En Guatemala tenemos experiencia de esto.

Como siempre he insistido, participar en la discusión pública de la urgente creación de nuevas instituciones para la gobernanza y administración del agua exige el abandono de las dicotomías estúpidas sobre la administración de recursos comunes y bienes públicos, a las cuales mi generación debería empezar a hartarse. Ojalá empecemos con la Ley de Aguas.

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