Estos son los principales cambios a la Ley del IVA que entran en vigencia en 2025

En noviembre de este año, el Congreso de la República aprobó el Decreto 31-2024, Ley Marco para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario, a través del cual se aplicarán reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que entrarán en vigencia en 2025. 

Denis Aguilar

diciembre 20, 2024 - Actualizado diciembre 19, 2024
Foto: Archivo

Con esa Ley, dos nuevos sectores se incluyen en el régimen de Pequeño Contribuyente, siendo estos el sector primario y el sector pecuario, según la información compartida por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

El Decreto se aprobó de urgencia nacional el pasado 19 de noviembre, luego de que fue incluido en la agenda por una moción presentada por el diputado Samuel Pérez. 

Esta permite a grupos que no pagan impuestos integrarse al régimen de pequeño contribuyente. Sin embargo, vendedores de mercados se mostraron contrarios a dicha ley, por lo que quedaron fuera de la propuesta.

Cambios para pequeños contribuyentes

El Decreto 31-2024, publicado en el Diario Oficial el 9 de diciembre, contempla reformas al Decreto 27-92, Ley del IVA, para incluir a los mencionados sectores.

Entre esas reformas están las aplicadas al régimen de Pequeño Contribuyente, cuyo techo pasará de Q150 mil a Q423 mil 073.75 en un año calendario, equivalente a 125 salarios mínimos. 

Estos cambios entrarán en vigencia cuatro meses después de su publicación en el Diario Oficial, es decir, en abril de 2025, según el Decreto.

El Decreto 31-2024 fue aprobado por el Congreso de urgencia nacional. Foto: Archivo

La integración

A través del régimen de pequeño contribuyente, el sector primario, del cual forman parte los productores del sector agrícola y de Artesanías producidos en  Guatemala y que destinan sus productos a supermercados, mercados cantonales, municipales y centros de acopio, pagarán 1.5 por ciento de IVA sobre ventas brutas anuales, excepto exportadores que pagarán un 2 por ciento.

En el caso del sector pecuario, que destina productos para la comercialización de productos del sector pecuario, hidrobiológico y apícola a través de crianza, engorde, desarrollo, producción, faenado, sacrificio, transformación e intermediación de productos destinados a supermercados y demás, pagarán un 1.5 por ciento de IVA sobre ventas brutas. 

Sin embargo, en el caso del sector pecuario, los intermediarios de productos bovinos pagarán un 10 por ciento sobre sus utilidades.    

Preocupaciones

Para el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) existen preocupaciones en torno al Decreto 31-2024 y los cambios que se aplicarán en el régimen del IVA, debido a que no tiene un respaldo necesario con estudios técnicos para su aprobación, asegurando que puede producir efectos de pérdida de recaudación y hasta lavado de dinero. 

Ricardo Barrientos, del Icefi, señaló que este Decreto podría fomentar una migración masiva entre regímenes tributarios, lo cual podría afectar notablemente la recaudación. 

“Habría una ganancia de recaudación por los efectos positivos que las autoridades han explicado, pero también el Icefi está advirtiendo que hay un efecto negativo, que hay una pérdida de recaudación porque hay contribuyentes que hoy en día están tributando en lo regímenes generales y que, por ejemplo, se podrían mover al nuevo régimen de pequeño contribuyente y ahí habrá una pérdida de Impuesto Sobre la Renta o pueden inscribirse en los regímenes nuevos que tienen tarifas demasiado bajas”, dijo Barrientos.

El analista agregó que no se hicieron estudios técnicos para determinar las pérdidas por migraciones masivas que puedan ocurrir. 

Además, Barrientos afirmó que el artículo 23 del Decreto 31-2024 prácticamente abre la puerta para el lavado de dinero, asegurando que este excede el mandato, las facultades y la naturaleza de la SAT. 

“¿Por qué? Porque ese artículo, el lenguaje en el que está redactado, habla de que los ingresos no declarados en el pasado quedan legalizados, la SAT no debería tener facultad para legalizar ingresos, la SAT solo debería limitarse a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, dijo Barrientos, y agregó que esto puede propiciar el lavado de dinero.

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